ORDENANZA Nº 2645/2000
Extensión de la jornada general de trabajo de la Administración Pública Municipal
Sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa el 20 de Diciembre de 2000.
Artículo 1º:- Fíjase la extensión de la jornada general de trabajo de la Administración Pública Municipal en 6 hs. diarias, a cumplirse en forma corrida de Lunes a Viernes.
Artículo 2º.- La aplicación del Artículo 1º no tendrá incidencia alguna en el calculo de haberes, horas extras y todo otro concepto y/o cuestión que se relacione directa o indirectamente con la jornada normal de trabajo, por lo que se mantendrá la vigencia de las normas estatutarias y los valores salariales -remunerativos o no- aplicables en la actualidad, a excepción de la reducción que autoriza el Artículo 1º de la presente.
Artículo 3º.- La presente Ordenanza comenzará a regir a partir del 1º de Enero de 2001.
Artículo 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Gustavo FERNANDEZ MENDIA
Presidente
H. Concejo Deliberante.
– Los textos incluidos en este sitio web tienen carácter exclusivamente informativo y su difusión no les otorga validez legal. Para obtener información oficial y con pleno valor jurídico, consulte las correspondientes publicaciones en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Santa Rosa. Los textos pueden contener errores u omisiones y se actualizan periódicamente. –