ORDENANZA Nº 29/1979:
Aprobación del Pliego Tipo de Condiciones Generales para obras públicas menores. DEROGADA POR LA ORDENANZA Nº 6273/2019
Sancionada y promulgada por el Intendente Municipal de Santa Rosa el 28 de Septiembre de 1979.
ARTICULO 1º.- Apruébase el Pliego de Condiciones Generales para Obras Públicas Menores, que integra la presente Ordenanza como “Anexo 1”.
ARTICULO 2º.- El Pliego aprobado en el artículo anterior será de aplicación en adjudicaciones directas y llamados a licitaciones privadas de obras y trabajos.
ARTICULO 3º.- Regístrese, comuníquese, agréguese copia a sus antecedentes, pase a División Compras y Suministros para su aplicación y a Dirección de Obras Públicas a su conocimiento;
cumplido: archívese su original.
Héctor M. OYHAGARAY Juan OSPITAL
Secretario de Obras Intendente Municipal
y Servicios Públicos
– A N E X O I –
- PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES PARA OBRAS MENORES:
- 1. OBJETO: Es objeto del presente pliego determinar las condiciones a aplicar para el llamado a
Licitaciones Privadas o adjudicaciones directas en Obras Menores, hasta el monto establecido
por las normas vigentes en la materia (Ley Nro. 753.Cap. XI. Artículo Nro. 61).
- 2. NORMAS SUPLETORIAS: Lo no previsto en este pliego será resuelto de acuerdo con las
disposiciones de: 1) Ley 753 “Orgánica de Municipalidades”; 2) Ordenanzas Provinciales y
Municipales; 3) Ley Nro. 38 de Obras Públicas de la Provincia de La Pampa.
- 3. DOCUMENTACION DE LA LICITACION: La documentación de la licitación estará constituida por:
el presente pliego y por los planos de obra, las especificaciones técnicas, los cómputos
métricos, el presupuesto oficial, memoria descriptiva, y todo otro elemento indicativo o de
consulta que se le agregue, inherentes a las obras que se licitan.
- 4. OFERENTES
- 4.1. Capacidad legal – Inscripción en el Registro de Licitadores:
El Oferente deberá tener capacidad legal para obligarse y estar inscripto en el Registro de
Licitadores de Obras Públicas de la Provincia de La Pampa. Salvo expresa indicación en el
Pliego de especificaciones particulares podrá aceptarse no estar inscripto en el mismo.
- 4.2. Domicilio: El Oferente deberá constituir domicilio en la Ciudad de Santa Rosa. Si ello se
omitiera se tendrá como domicilio constituido y en el orden que se indica a continuación: a) el
declarado en el Registro de Licitadores; b)el consignado en la invitación que se le cursare
para cotizar.
- 4.3. Profesional o matriculado responsable: Cuando el oferente no posea título habilitante
adecuado a la obra licitada, deberá presentar agregada a la oferta, la conformidad escrita y
firmada de un profesional o técnico según se exija para prestar sus servicios como
Responsable Técnico. Si solamente se licitaran instalaciones especiales, p.e.: sanitarios o gas,
dicha conformidad podrá ser presentada por un matriculado ante el Organismo que acredite
su idoneidad en la materia.
- 5. OFERTAS:
- 5.1. Régimen de contratación: Las obras podrán ser contratadas por los siguientes
regímenes:
- Ajuste Alzada: Ello implica que se haga por un monto global, siendo el precio cotizado
invariable, cualesquiera sean los errores u omisiones en que se hubiere incurrido. Dicho
precio cubre todas las exigencias de los trabajos, que serán ejecutados completos y de
acuerdo a su fin.
b) Unidad de Medida.
c) Combinación de los indicadores en a) y b).
El régimen que se adopte para la Licitación se estipulará en el Pliego de especificaciones
particulares.
- 5.2. Presentación de las Propuestas: Las ofertas deberán ser presentadas en la División
Compras y Suministros de esta Municipalidad en sobre cerrado por duplicado, escritas a
máquina o manuscritas con tinta, firmadas en cada hoja no admitiéndose enmiendas o
raspaduras que no estén debidamente salvadas al pie.
En la parte exterior del sobre cerrado se indicará:
- Designación de la obra.
- número de la Licitación.
- Día y hora fijados para la apertura en las Condiciones Particulares del llamado a
licitación.
El texto de la presentación se ajustará al presente modelo:
Licitación Privada Nro…………………Expte. Nro………….
Lugar y fecha……………………………………………..
Para la construcción de la obra……………………………..
Empresa proponente…………………………………………
Domicilio legal……………………………………………
Proponemos realizar todas las provisiones y trabajos detallados para la Construcción de la
Obra……………………………….de acuerdo a planos, planillas, detalles, pliegos de
especificaciones técnicas y cláusulas complementarias, que forman la documentación
teniendo pleno conocimiento de los trabajos a ejecutar, y ofrece realizar los mismos en la
suma de PESOS……………………………………….. (en letras y en números).
Adjunto:
- Cómputo y Presupuesto propio, detallado por Item.
- Conformidad de (profesional o técnico matriculado) responsable,según 1.4.3.
………………. …………………
firma aclaración de firma
- 5.3. Mantenimiento de Oferta: Será de treinta (30) días hábiles a partir de la fecha de
apertura de la Licitación, con pena de pérdida de la garantía de oferta en caso de
desistimiento dentro del término citado.Vencido el plazo indicado, se lo considerará
automáticamente prorrogado por otro período de treinta (30) días, salvo que el oferente
comunique fehacientemente, la caducidad de la oferta.
- 5.4. Garantía de oferta: El monto de la garantía de oferta ascenderá al uno por ciento (1%)
del presupuesto oficial, y será constituida mediante un pagaré, cumpliéndose, para
formalizarla, con los requisitos establecidos en 1.6.2. para la garantía de adjudicación. Será
causal de rechazo la no presentación de la misma. El retiro de la propuesta o el
desistimiento de ejecución de las obras antes del vencimiento de la garantía de oferta,
implicará la adopción de las sanciones correspondientes en el registro de Licitadores.
- 5.5. Desestimación o rechazo de las ofertas: La Municipalidad se reserva el derecho de
desestimar o rechazar todas o cada una de las ofertas que se formulen sin derecho a
reclamación o indemnización alguna.
- 5.6. Devolución de la garantía de oferta: La garantía de oferta será devuelta a los que no
resulten adjudicatarios, o después de vencido el plazo de validez de la oferta.
- 5.7. Sellado: Las fojas originales llevarán el sellado de Ley Municipal correspondiente, el
cual podrá reponerse en el acto de apertura.
- 6. ADJUDICACION, ORGANIZACION Y DESARROLLO DE LA OBRA:
- 6.1. Notificación de la adjudicación: El adjudicatario será notificado de la adjudicación
una vez aprobado el acto licitatorio mediante cédula debidamente diligenciada.
- 6.2. Garantía de Adjudicación: Dentro de los ocho (8) días hábiles de notificado de la
adjudicación, el contratista deberá integrar la garantía de adjudicación por el cinco por ciento
(5%) del monto de la oferta aceptada, mediante un pagaré a la vista y a la orden de la
Municipalidad.
Este documento será firmado en la repartición licitante por quienes tengan uso de la razón
social o actuaren con poderes suficientes. El adjudicatario podrá optar por constituir esta
garantía mediante depósito en efectivo, títulos o bonos, fianza bancaria o póliza de seguro de
caución, con las condiciones aceptadas por la Municipalidad para las Obras Públicas.
- 6.3. Orden de ejecución: La orden de ejecución será comunicada mediante un documento
que perfeccione en todos sus aspectos el Convenio. El original de este documento será
sellado por el adjudicatario en la proporción que le corresponda y será agregado al
expediente respectivo. El duplicado quedará en poder del contratista. La Repartición
contratante, podrá disponer por razones operativas, la postergación del comienzo de obra, lo
cual podrá extender por un término no mayor de noventa (90) días corridos, contados de la
fecha de recepción de la orden de comienzo.
La toma de esta decisión no dará derechos a reclamo de ninguna naturaleza por parte del
contratista y sólo se reconocerán las variaciones de costos, previstas en el presente pliego.
- 6.4. Representante en obra: El contratista mantendrá permanentemente un representante
en obra. La designación será comunicada a la Repartición Técnica, por nota asentada en el
libro de comunicaciones y el servicio podrá ser prestado por quien asuma la responsabilidad
técnica, según 1.4.3. o por otro profesional, técnico o idóneo de acuerdo a la naturaleza de la
obra, y que será aprobado por la inspección.
- 6.5. Libro de Comunicaciones: El contratista proveerá un libro foliado, con hojas por
triplicado, para asentar comunicaciones recíprocas atinentes a los trabajos.
- 6.6. Responsabilidad de accidentes o daños: Será responsabilidad exclusiva del contratista,
todo accidente o daño, robo o perjuicio a personas o cosas a causas imputables a hechos
directos o derivados de las obras a su cargo.
- 6.7. Cumplimiento de regímenes legales: Durante el transcurso de los trabajos el contratista
deberá cumplir estrictamente los regímenes legales, de aplicación durante el lapso de la
relación contractual, inclusive los de carácter laboral.
- 6.8. Seguro de Personal Obrero por accidentes de trabajo: El contratista deberá asegurar
contra accidentes de trabajo, a todo el personal obrero destacado en la obra, seguro que
deberá ser contratado en Compañías Argentinas.
- 6.9. Recepción de las obras-Provisoria-Definitiva: Terminadas las obras, la inspección
labrará en duplicado, la “Recepción Provisoria”, la que será refrendada por la Repartición
contratante. El original acompañará al último certificado para su liquidación y pago, y el
duplicado será entregado al contratista.
Una vez transcurrido el plazo de garantía, las mismas autoridades indicadas, labrarán la
“Recepción Definitiva”, cuyo original deberá acompañar al certificado de devolución del fondo
de reparo, siendo el duplicado entregado al contratista.
- 6.10. Multas o sanciones: Se incurrirá en mora por el simple vencimiento del plazo
establecido por la terminación de la obra y prórroga acordada. Ello dará lugar a la aplicación
de multas o sanciones que se prevean en Especificaciones Particulares. Asimismo, en éstas
últimas se indicarán las multas o sanciones a ser aplicadas en forma aislada o concurrentes,
tanto sea por haberse producido mora o por otros tipos de incumplimiento en las
obligaciones contraídas.
- 6.11. Terminación de las obras-Rescisión: Para la obra incurrida en mora la Municipalidad
se reserva el derecho de rescindir el contrato o fijar un plazo de terminación. La rescisión por
parte del contratista, implicará la pérdida del depósito de garantía en la parte no cumplida,
quedando retenido el remanente y los otros créditos para responder por los mayores costos
que resulten por la terminación de los trabajos, sin perjuicio de las demás sanciones que
correspondieran.
Si las sumas retenidas no bastaran para cubrir los mayores desembolsos y perjuicios de la
rescisión irrogue a la Municipalidad, el contratista deberá abonar el saldo que por ese
concepto resulte de la liquidación que se practique.
- 6.12. Prórrogas de plazo: A pedido del adjudicatario y por causas debidamente justificadas
podrán acordarse prórrogas de plazo. El pedido deberá ser presentado dentro de los diez (10)
días de producido el hecho en que se funda.
- 6.13. Transferencia de la “Orden de Ejecución”: La “Orden de Ejecución” no podrá
ser cedida transferida en ningún caso sin la previa autorización de la Municipalidad.
- 6.14. Plazo de garantía de obra: A partir de la fecha de la recepción provisoria de las
obras, comenzará a regir el plazo de garantía que se establezca para las mismas en
“Especificaciones Particulares”, durante el cual el adjudicatario corregirá sin cargo alguno,
cualquier defecto producido por deficiencias en la ejecución de los trabajos o por mala
calidad de los materiales empleados, respondiendo a ello con el fondo de reparo.
- 7. CERTIFICACION – PAGO FONDOS DE REPAROS: Mensualmente se harán mediciones de la obra
ejecutada y se presentarán los certificados respectivos en cuadruplicado, los que serán
conformados por la repartición contratante dentro de los diez (10) días hábiles, siempre que
no den lugar a observaciones.
En este caso la cuenta del plazo comenzará desde el momento en que el contratista presente
la documentación con las correcciones.
El pago de los certificados se hará dentro de los treinta (30) días hábiles a partir de la fecha
de confirmación por la repartición técnica.
Si el pago se demorara de estos treinta (30) días que se establecen, por razones no
imputables al contratista, será de aplicación el régimen de actualización de deudas para la
ejecución de contratos de obras. Del importe de cada certificado se retendrá el cinco por
ciento (5%) en concepto de FONDO DE REPAROS, el que será devuelto juntate con el pagaré
de garantía de adjudicación, una vez producida la recepción definitiva.
Este reintegro será a valor nominal o histórico.
FIRMA DEL PROPONENTE:…………………………
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