ORDENANZA Nº 2971/2003
Teléfono Semipúblico y eliminación de la comercialización de bebidas en envases de vidrio. DEROGADA POR ORDENANZA Nº 3218/2004
Dada en Sala de Sesiones el 23 de marzo de 2003.
Artículo 1º.- Ratificase la Resolución Nº 1591/2002 del Departamento Ejecutivo, dictada ´´ Ad-Referendum´´ del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:
´´Artículo 1º: Los propietarios de locales bailables deberán eliminar la comercialización de bebidas en envases y vasos de vidrio.
´´Artículo 2º.- Las Instalaciones de cada local bailable deberán contar como mínimo, con un teléfono semipúblico en su interior, el que será de libre acceso.
Artículo 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Gustavo Fernández Mendía
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
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