Ordenanza Nº 3465/2006

Montos de los premios adjudicados en el sorteo mensual a contribuyentes

ORDENANZA N° 3465/2006. Santa Rosa, 31 de marzo de 2006.

El Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente Ordenanza:

Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 27/2006 del Departamento Ejecutivo, dictada “Ad-referendum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:
Artículo 1°.- Modifícase el artìculo 11 de la Ordenanza N° 2670/01, sus modificatorias y resoluciones reglamentarias, el que quedará redactado de la siguiente manera: “El Departamento Ejecutivo adjudicará por sorteo mensual ante Escribano Público, la suma de primer premio $ 1.000; segundo premio $ 1.000; tercer premio $ 1.000; Cuarto premio $1.000 y quinto premio $ 1.000. Dichos montos se incrementarán en un 50% cuando el contribuyente beneficiado por el sorteo este adherido al sistema de pago mediante débito automatico bancario o se trate de empleados públicos provinciales o municipales que abonen las tasas respectivas mediante el descuento en la nómina salarial. Podrán participar de este sorteo aquellos contribuyentes que registren número de referencia en el padrón inmobiliario municipal, que no posean deudas vencidas por obligaciones fiscales y que estuvieran al día con el pago de las cuotas comprometidas por contribuciones de mejoras. No podrán participar en el sorteo quienes tengan vigente planes de facilidades de pago. Asimismo, quedan excluidos del presente beneficio el Intendente, Concejales y Funcionarios del Departamento Deliberativo y Ejecutivo, atento a su participación directa y/o indirecta en la ejecución y/o control de la adjudicación respectiva. La exclusión indicada en el párrafo anterior se extiende además al cónyuge de los Funcionarios indicados”.

ARTICULO MODIFICADO POR LA ORDENANZA Nº 6028/2019, QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 5456/2016, QUEDANDO REDACTADO DE LA SIGUIENTE MANERA

Artículo 1º: El Departamento Ejecutivo adjudicará por sorteo mensual ante Escribano Público, 5 (CINCO), premios de 200 (DOSCIENTAS) Unidades Fijas (UF). Dichos montos se incrementarán en un 50% (CINCUENTA POR CIENTO) cuando el contribuyente beneficiado por el sorteo esté adherido al sistema de pago mediante débito automático bancario o se trate de empleados públicos provinciales o municipales que abonen las tasas respectivas mediante el descuento en la nómina salarial. Podrán participar de este sorteo aquellos contribuyentes que registren número de referencia en el padrón inmobiliario municipal, que no posean deudas vencidas por obligaciones fiscales y que estuvieran al día con el pago de las cuotas comprometidas por contribuciones de mejoras. No podrán participar en el sorteo quienes tengan vigente planes de facilidades de pago. Asimismo, quedan excluidos del presente beneficio el Intendente, Concejales y Funcionarios del Departamento Deliberativo y Ejecutivo, atento a su participación directa y/o indirecta en la ejecución y/o control de la adjudicación respectiva. La exclusión indicada en el párrafo anterior se extiende además al cónyuge de los funcionarios indicados.
Las unidades Fijas (UF), serán equivalentes cada una al Precio Promedio recolectado para el cálculo de índices de Precios de referencia del valor del combustible líquido tipo nafta Premium, que publica la página web oficial de la Contaduría General de la Provincia de La Pampa. Los índices de precios de referencia de combustibles líquidos tendrán igual vigencia que la publicada por dicho organismo.

Artículo 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.

Exptes. Nº 10/04 (H.C.D.) y 4039/2001 IV Cuerpo (D.E.).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL SEIS.
Dra. María G. Giavedoni, Presidente del Honorable Concejo Deliberante; Dr. Gustavo Parra Morón, Secretario del Honorable Concejo Deliberante.

Santa Rosa, 18 de abril de 2006.-
Exptes. Nº 10/04 (H.C.D) y 4039/2001 IV Cuerpo (DE).-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza Municipal de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Resolución N° 376/2006.-
Ing. Néstor Ricardo Alcala, Intendente Municipal; Cr. Pablo Oscar Larrañaga, Secretario de Hacienda y Abastecimiento.-
Dirección General de Administración: 18 de abril de 2006.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número tres mil cuatrocientos sesenta y cinco (3465/2006).
Cristina D. De Cavassa, A/C Despacho General.-

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