Obligaciones Fiscales – Establecer un sistema alternativo de cancelación de deudas

Establécese un sistema alternativo de cancelación de deudas

Ordenanza N° 3627/2007: Santa Rosa, 16 de Marzo de 2007.

El Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente Ordenanza.

Artículo 1º.- Establécese un sistema alternativo de cancelación de deudas para el pago de las obligaciones indicadas en el artículo siguiente determinadas a la fecha del acogimiento de la presente.
Artículo 2º.- El presente régimen alcanza a todas las contribuciones, derechos, permisos, patentes, multas y cualquier otro tributo adeudado al municipio.
Artículo 3º.- Las deudas se determinaran en base al procedimiento establecido en la Ordenanza Fiscal vigente.
Artículo 4º.- El sistema alternativo será:

  1. En cinco (5) pagos consecutivos y mensuales con la deuda válida a la fecha del acogimiento deduciendo el 100% de los intereses determinados por el artículo 27° de la Ordenanza Fiscal vigente.
  2. En diez (10) pagos consecutivos y mensuales con la deuda válida a la fecha del acogimiento deduciendo el 75% de los intereses determinados por el artículo 27° de la Ordenanza Fiscal vigente.

Artículo 5º.- Los boletos para el pago se generarán en el momento del acogimiento, asignándosele vencimientos correlativos cada 30 días a partir de la asignación del vencimiento del primer pago.
Artículo 6º: Los contribuyentes que se hallaren sometidos a juicio de ejecución fiscal, podrán acceder a los beneficios de la presente. Cuando la deuda se encuentre en curso de discusión administrativa, contenciososadministrativo o judicial; el acogimiento al presente régimen implicará el allanamiento y renuncia de toda acción y derecho, incluso el de repetición relativo a la causa.
Artículo 7º.- El presente sistema alternativo implica no novación de deuda y para obtener los beneficios acordados deben necesariamente abonarse los boletos dentro de la fecha de vencimiento.
Artículo 8º.- El presente sistema alternativo tendrá una vigencia de 60 días hábiles a partir de la instrumentación de la presente.
Artículo 9º.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a establecer plazos, formas y condiciones y dictar la reglamentación respectiva, a efectos de cumplir con la presente.
Artículo 10º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.

Exptes. Nº 5/83 II Cuerpo (H.C.D.) y 1914/2007 (D.E.).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL SIETE.
Dra. María G. Giavedoni, Presidente del Honorable Concejo Deliberante; Dr. Gustavo Parra Morón, Secretario del Honorable Concejo Deliberante.

Santa Rosa, 20 de marzo de 2007.
Exptes. N° 5/83 II Cuerpo H.C.D y 1914/2007 D.E.
Por tanto:
Téngase por Ordenanza Municipal de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Resolución N° 319/2007.-
Ing. Néstor Ricardo Alcala, Intendente Municipal; Cr. Pablo Oscar Larrañaga Secretario de Hacienda y Abastecimiento.
Dirección General de Administración: 20 de marzo de 2007.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número tres mil seiscientos veintisiete (3627/2007).
Alicia G. de Roveda, A/C Despacho General.

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