Creación en el ámbito de la Municipalidad de Santa Rosa, la cantidad de cuatrocientos noventa vacantes

Créase en el ámbito de la Municipalidad de Santa Rosa, la cantidad de cuatrocientos noventa (490) vacantes,

Ordenanza N° 3679/2007. Santa Rosa, 18 de mayo de 2007.

El Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente Ordenanza:

Artículo 1º.- Créase en el ámbito de la Municipalidad de Santa Rosa, la cantidad de cuatrocientos noventa (490) vacantes, incrementando el total de cargos existentes a 1385.-
Artículo 2º.- Las vacantes creadas en el artículo anterior, serán cubiertas por aquellas personas que se encuentran prestando servicios de manera efectiva en la Municipalidad de Santa Rosa al 30 de Abril de 2007, bajo la modalidad de programa empleo transitorio provincial “Entre Nosotros”. –
Artículo 3º.- Las vacantes creadas mediante la presente serán cubiertas durante el Ejercicio Anual 2008, para lo cual el cálculo de recursos para ese ejercicio financiero deberá contener las previsiones presupuestarias necesarias a fin de atender el gasto que demande el cumplimiento de los artículos 1° y 2°. La factibilidad presupuestaria, podrá ser satisfecha con recursos propios u otras fuentes de financiamiento.-
Artículo 4º.- Los requisitos y procedimientos de incorporación de personal serán efectuados conforme las normas contenidas en la Ley 643- Estatuto del Empleado Público-. Si ella debiera efectuarse en forma escalonada la prioridad se determinará conforme a la antigüedad dentro del programa.-
Artículo 5°.- Lo dispuesto en el presente régimen quedará sin efecto al momento de sancionarse y promulgarse una norma de carácter general y/o especial por parte del Gobierno Provincial, que afectare e incluyere de manera directa a los beneficiarios del programa empleo transitorio provincial “Entre Nosotros”, la que será de aplicación obligatoria en el ámbito municipal.-
Artículo 6°.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a reglamentar la presente ordenanza en el término de 30 días.-
Artículo 7°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.

Exptes. N° 125-1/07 (H.C.D.) y 4072/07 (D.E.).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL SIETE.
Dra. María G. Giavedoni, Presidente del Honorable Concejo Deliberante; Dr. Gustavo Parra Morón, Secretario del Honorable Concejo Deliberante.

Santa Rosa, 28 de mayo de 2007 Exptes. N° 125/07 (H.C.D) y 4072/07(DE).
Por tanto:
Téngase por Ordenanza Municipal de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Resolución N° 538/2007.-
Ing. Néstor Ricardo Alcala, Intendente Municipal; Dr. José Carlos Moslares, Secretario de Gobierno y Acción Social; Cr. Pablo Oscar Larrañaga, Secretario de Hacienda y Abastecimieto; Sr. Sandro Oscar Astengo, Secretario de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano y Lic. Mauricio G. Marquez, Secretario de la Producción.-
Dirección General de Administración: 28 de mayo de 2007.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número tres mil seiscientos setenta y nueve (3679/2007).
Cristina D. de Cavassa, A/C Despacho General

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