Adhesión a la Ley Provincial Nº 2226, que establece un régimen especial de protección integral para las personas con discapacidad

Adhiérase la Municipalidad de Santa Rosa a la Ley Provincial nº 2226, que establece un régimen especial de protección integral para las personas con discapacidad.


ORDENANZA N° 3695/2007: Santa Rosa, 1 de Junio de 2007.

El Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente Ordenanza.

Artículo 1°: Adhiérase la Municipalidad de Santa Rosa a la Ley Provincial N° 2226, que establece un régimen especial de protección integral para las personas con discapacidad.
Artículo 2°: El Departamento Ejecutivo cumplimentará en su jurisdicción administrativa, los requisitos emergentes de la citada Ley.
Artículo 3°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.

MODIFICADO POR LA ORDENANZA Nº 5242/2015, QUEDANDO REDACTADA DE LA SIGUIENTE MANERA

Artículo 1º: Adhiérese la Municipalidad de Santa Rosa a la Ley Provincial Nº 2226 que establece un Régimen Especial de Protección Integral para las personas con discapacidad, a excepción del Artículo 9º de la Ley citada.

Artículo 2º: La Municipalidad de Santa Rosa, deberá prever en cada incorporación anual de personal, la reserva de una proporción no inferior al cuatro por ciento (4%) para personas con Discapacidad, debiéndose garantizar el ingreso de al menos una (1) personal con Discapacidad en igual período.

Artículo 3º: La Autoridad de Aplicación será la Dirección de Recursos Humanos dependiente de la Secretaría de Hacienda y Abastecimiento, o la unidad de organización que en el futuro la reemplace.

Artículo 4º: El Departamento Ejecutivo y el Consejo Municipal de Políticas para personas con Discapacidad deberán prever la difusión masiva de la presente Ordenanza.

Expte. Nº 108-1/2007 (H.C.D.).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS TREINTA Y UN DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL SIETE.
Dra. María G. Giavedoni, Presidente del Honorable Concejo Deliberante; Dr. Gustavo Parra Morón, Secretario del Honorable Concejo Deliberante.

Santa Rosa, 20 de junio de 2007.
Exptes. N° 108/2007 (H.C.D.) y 4504/2007 (D.E.).
Por tanto:
Téngase por Ordenanza Municipal de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Resolución N° 598/2007.-
Ing. Néstor Ricardo Alcala, Intendente Municipal; Dr. José Carlos Moslares, Secretario de Gobierno y Acción Social; Cr. Pablo Oscar Larrañaga, Secretario de Hacienda y Abastecimiento.
Dirección General de Administración: 20 de junio de 2007.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número tres mil seiscientos noventa y cinco (3695/2007).
Cristina D. de Cavassa, A/C Despacho General.

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