Ordenanza N° 3865/2009
Organigrama del Honorable Concejo Deliberante - Organigrama de Funciones Personal HCD - Manual de Funciones - Modifícase Ordenanza N° 3595
Santa Rosa, 12 de Enero de 2009.
El Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente Ordenanza.
Artículo 1º: Reemplázase el Anexo I de la Ordenanza Nº 3595/06 por el que como Anexo I , forma parte de la presente.
Artículo 2º: Créase la Secretaría Privada de la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante cuyo titular, con categoría de Auxiliar de Bloque, desempeñará su cargo durante el período constitucional del Presidente que lo designó y podrá ser removido por éste.-
Artículo 3º: Agrégase al punto 2.1- Sector Auxiliar Departamento Legislativo incluido en el Anexo II, la siguiente función:
“3- Fotocopiar y armar los temarios semanales correspondientes a cada sesión.”
Artículo 4º: Modifícase el apartado 3.1 Sección Auxiliar de Sesión del punto 3 Departamento Actas de Sesiones incluido en el Anexo II “Manual de Funciones del Honorable Concejo Deliberante” de la Ordenanza Nº 3595/06 incorporando la siguiente función:
“3º- Prestar servicio cuando el equipo de sonido del recinto sea requerido para actividades autorizadas por la Presidencia del Concejo Deliberante.-
Artículo 5º : Modifícase el punto 5- División Mesa de Entradas y Salidas Archivo General- incluido en el Anexo II “Manual de Funciones del Honorable Concejo Deliberante” de la Ordenanza Nº 3595/06 incorporando las siguientes funciones:
“5- Recopilar toda disposición y resolución emanada del Departamento Ejecutivo tanto en soporte digital como en papel, en cuaderno y con índice correspondiente.
6- Realizar toda otra actividad relacionada con los temas enunciados.”
Artículo 6º: Modifícase el punto 5- División Mesa de Entradas y Salidas Archivo General incluido en el Anexo II “Manual de Funciones del Honorable Concejo Deliberante” de la Ordenanza Nº 3595/06 incorporando la Sección identificada como 5.3, con las siguientes funciones:
5.3- SECCION MESA DE INFORMES Y RECEPCION
Función:
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- 1º- Brindar toda información a todo vecino o vecina que así lo requiera al HCD.
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- 2º- Llevar un control de los visitantes que ingresan a este Concejo.
- 3º- Responsable de la prestación del servicio de la máquina fotocopiadora que está a disposición de los bloques y agentes de este Concejo.
Artículo 7º: Modifícase el punto 6- Sector Servicios Generales incluido en el Anexo II “Manual de Funciones del Honorable Concejo Deliberante” de la Ordenanza Nº 3595/06 incorporando las siguientes funciones
- 6.2- Responsable de las reparaciones de bienes muebles e inmuebles del Concejo en lo concerniente a electricidad, mampostería, pintura y carpintería menor.
Artículo 8º: Modifícase el Anexo II “Manual de Funciones del Honorable Concejo Deliberante” de la Ordenanza Nº 3595/06 incorporando el DEPARTAMENTO PRENSA, CEREMONIAL Y EXTENSION LEGISLATIVA, identificado como apartado 7, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
7- DEPARTAMENTO PRENSA, CEREMONIAL Y EXTENSION LEGISLATIVA
Misión:
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- Difundir la labor legislativa a través de distintos programas relacionados con la educación, la cultura y la comunicación social y, además, a través de la refuncionalización y puesta en marcha de la Biblioteca Ernesto Sábato para uso de los agentes y funcionarios del Departamento Ejecutivo y del Concejo Deliberante de Santa Rosa.
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- Funciones:
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- 7.1- Llevar adelante la actividad del Concejo Juvenil estableciendo las relaciones respectivas con el Ministerio de Cultura y Educación de la provincia y las escuelas de Santa Rosa.
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- 7.2- Programar y coordinar con la Presidencia del Concejo Deliberante las sesiones a realizarse en los barrios dentro del programa “El Concejo en los Barrios”.
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- 7.3- Poner a disposición de los agentes municipales, a través de un sistema de préstamo y devolución, los libros pertenecientes a la Biblioteca Ernesto Sábato y disponer en el presupuesto de este Concejo la adquisición de material bibliográfico.
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- 7.4- Comunicar a los medios de prensa la labor del Concejo Deliberante ya sea ésta legislativa como institucional.
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- 7.5- Mantener en actividad permanente la exposición de obras artísticas en las escaleras y el hall previo al recinto de sesiones, priorizando la difusión de las obras de los artistas plásticos locales.
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- 7.6- Difundir la realización y trabajar en la desgrabación de las Audiencias Públicas.
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- 7.7- Colaborar en la oficina del Plan Estratégico de la Ciudad de Santa Rosa.
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- 7.8- Confeccionar los cronogramas para los eventos organizados y programados por el Honorable Concejo Deliberante.”
Artículo 9: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publiquese. Cumplido: Archívese.-
Expte Nº 318-1/2006 (H.C.D.).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE ENERO DE DOS MIL NUEVE.
María Cecilia Roige, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante.-
Santa Rosa, 14 de Enero de 2009.-
Exptes. N° 318/2006 H.C.D.-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 25/2009.-
Francisco Javier Torroba, Intendente Municipal; Dr, Pedro José Salas, Secretario de Gobierno y Acción Social.-
Dirección General de Administración: 14 de Enero de 2009.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número tres mil ochocientos sesenta y cinco (3865/2009).
Alicia G. de Roveda, A/C Despacho General.
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