ORDENANZA Nº 3890/2009
Autorízase para suscribir Contrato de Locación - Inmueble Lisandro de la Torre Nº 44
Santa Rosa ( L. P.), 20 de Marzo de 2009.
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA.
Artículo 1°: Autorizar al Departamento Ejecutivo, a suscribir el Modelo de Contrato de Locación, con la Señora Alicia Magdalena FARIAS, L.C. Nº 4.176.325, en relación al inmueble sito en calle Lisandro de la Torre Nº 44, de esta ciudad de Santa Rosa, constando de salón principal, dos amplias oficinas, pasillos con placares, dos baños, archivo, salón posterior con baño y entrada privada, con una superficie de 203 m2.-
Artículo 2º: El plazo de la locación se fija en tres años, con opción a prórroga por tres años más, a favor de la Municipalidad de Santa Rosa, fijándose el precio del alquiler mensual, en la suma de pesos cuatro mil doscientos ($ 4.200,00).-
Artículo 3º: Aprobar el Modelo de Contrato, que como Anexo I, forma parte de la presente.-
Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Exptes. Nº 32/09 (HCD) y Nº 10.153/96 III Cuerpo (DE).-
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL NUEVE.
Guillermo José Di Liscia, Presidente del Honorable Concejo Deliberante; María Cecilia Roige, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante.-
MODELO CONTRATO DE LOCACION
ANEXO I Entre la Señora Alicia Magdalena FARIAS, argentina, casada, L.C. 4.176.325, con domicilio real en la calle Bartolomé Mitre n° 203 de la ciudad de Santa Rosa – La Pampa, en adelante “LA LOCADORA”, y LA MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA, representada por el Sr. Intendente Municipal, Dr. Francisco Javier TORROBA, D.N.I. 11.699.744 en adelante la “LA LOCATARIA”, convienen en celebrar el presente contrato de locación, sujeto a las siguientes clausulas: PRIMERA: LA LOCADORA cede en locación a LA LOCATARIA el inmueble ubicado en la calle Lisandro de la Torre n° 44 de esta Ciudad. El mismo consta de salón principal, dos amplias oficinas, pasillos con placares, dos baños, archivo, salón posterior con baño y entrada privada, con una superficie aproximada de 203 m2.(incluido superficies comunes)–
SEGUNDA: La unidad arrendada será destinada para oficinas que -de acuerdo a su fin específico- LA LOCATARIA determine; estando prohibida la cesión o la sublocación total o parcial, permanente o temporaria del inmueble; y las transferencias totales o parciales, y onerosas o gratuitas.-
TERCERA: El precio del alquiler se pacta en la suma de PESOS CUATRO MIL DOSCIENTOS ($ 4200) mensuales, pagaderos en forma anticipada del primero al quinto día de cada mes, en el domicilio de LA LOCADORA o donde éste posteriormente lo indique por medio fehaciente.-
CUARTA: El presente contrato tendrá una vigencia de TRES (3) años, contados a partir del 16 de febrero del año 2009, con la opción de prórroga en favor de La Municipalidad por un término de TRES (3) años más; debiéndose ejercer esta opción a través de medio fehaciente, con una antelación de no menos sesenta (60) días corridos. Sin perjuicio de ello a la finalización del plazo original, las partes se comprometen a reconsiderar el precio en caso de haberse producido distorsiones en el mercado.-
QUINTA: LA LOCADORA faculta a LA LOCATARIA para que ésta realice en el inmueble los trabajos necesarios para su adecuación como oficinas, según normas del reglamento de copropiedad horizontal, previa autorización de la misma. A la finalización del contrato, aquellas reformas que no puedan ser levantadas, quedarán como formando parte del inmueble; no generando ello reclamo económico alguno entre las partes.-
SEXTA: LA LOCATARIA deberá restituir el inmueble al término de la vigencia del presente contrato y eventualmente su prórroga, sin necesidad de interpelación alguna.-
SEPTIMA: A los efectos de la rescisión del presente contrato, se aplicarán las generales de la Ley de Alquileres. A la finalización del contrato “LA LOCATARIA” entregará las llaves del inmueble a “LA LOCADORA” bajo recibo de conformidad.-
OCTAVA: LA LOCATARIA se compromete a restituir el inmueble en el mismo estado en que hoy lo recibe, salvo los deterioros originados por el buen uso y transcurso del tiempo; teniéndose en cuenta también lo expresado en la cláusula quinta.-
NOVENA: LA LOCATARIA se hace cargo de los gastos originados por el consumo de energía eléctrica, gas, teléfono, expensas ordinarias y tasas municipales de la Referencia Municipal N° 23989/9 y 23991/2, donde se encuentra emplazado el inmueble objeto de esta locación, quedando las expensas de carácter extraordinario a cargo de LA LOCADORA.-
DECIMA: En caso de mora en el pago del alquiler se colocará un interés punitorio a tasa de descuento que fije el Banco de La Pampa.-
DECIMA PRIMERA: Afectación al régimen de propiedad horizontal: encontrándose el inmueble afectado al régimen de propiedad horizontal, LA LOCATARIA se compromete respetar el reglamento de copropiedad y administración, y el interno del edificio–
DECIMA SEGUNDA: A todos los efectos judiciales y extrajudiciales las partes fijan domicilios: LA LOCADORA en la calle Bartolomé Mitre n° 203; y LA LOCATARIA, en la Avenida San Martín n° 50, ambos de esta ciudad de Santa Rosa. Se deja expresa constancia que, en caso de diferendo judicial, las partes se someterán a los tribunales correspondientes a la primera circunscripción de La Pampa, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que les pueda corresponder.-
En prueba de conformidad se firman cinco (5) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los () días del mes de Marzo del año DOS MIL NUEVE– —
Alicia Magadalena FARIAS Dr. Francisco Javier TORROBA Santa Rosa, 26 de Marzo de 2009.-
Exptes. N° 32/09 H.C.D. Y 10153/96 III Cuerpo DE.-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 306/2009.-
Francisco Javier Torroba, Intendente Municipal; C.P.N. Luis A. Evangelista, Secretario de Hacienda y Abastecimiento; Elida Noemí Deanna, Secretaria de la Producción.-
Dirección General de Administración: 26 de Marzo de 2009.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número tres mil ochocientos noventa (3890/2009).
Alicia Gomez de Roveda, A/C Despacho General.-
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