ORDENANZA Nº 3976/2009
Mantenimiento de Adic. Asistencia Perfecta a Agentes Municipales por gripe
Santa Rosa (L. P.), 03 de Julio de 2009.
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA.
Artículo 1°: No se deducirá el Adicional por Asistencia Perfecta previsto en el artículo N° 72 del texto de la Ley 643, Estatuto para los Agentes de la Administración Pública, al que la Municipalidad de Santa Rosa adhirió por Ordenanza N° 53/84, a aquellos agentes con síntomas o diagnóstico de gripe que, durante el lapso de quince (15) días corridos contados a partir de la promulgación de la presente, registren inasistencias en uso de licencia por enfermedad.
Artículo 2°: Se concederá licencia preventiva y obligatoria con goce de haberes durante el lapso de quince (15) días corridos contados a partir de la promulgación de la presente, a todas las agentes de la Administración Pública Municipal que se encuentren en estado de gravidez, como así también aquellos que sean pacientes inmuno deprimidos, oncológicos o enfermedades que provocan inmuno supresión, quienes deberán acreditar tal circunstancia con la presentación del pertinente certificado médico. Alcanza a estos casos lo previsto en el artículo anterior respecto del adicional por Asistencia Perfecta.
Artículo 3°: Se autoriza al Departamento Ejecutivo a prorrogar el plazo dispuesto en los supuestos contemplados en los artículos precedentes, por el lapso y en los casos y condiciones que lo estime conveniente.
Artículo 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Expte. N° 151-1/2009 (HCD).
Guillermo José Di Liscia, Presidente del Honorable Concejo Deliberante; María Cecilia Roige, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante.-
Santa Rosa, 3 de Julio de 2009.-
Exptes. N° 151/09 H.C.D y 5334/09 D.E. .-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 685/2009.-
Francisco Javier Torroba, Intendente Municipal; Pedro José Salas, Secretario de Gobierno y Acción Social; C.P.N. Luis A. Evangelista, Secretario de Hacienda y Abastecimiento.-
Dirección General de Administración: 3 de Julio de 2009.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número tres mil novecientos setenta y seis (3976/2009).
María Andrea Torales, A/C Despacho General.-.
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