ORDENANZA Nº 3992/2009

Autorización al D.E. a suscribir contrato de locación de inmueble ubicado en calle Centeno nro. 150.-

SANTA ROSA (L.P.), 31 de Julio de 2009.

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA.

Artículo 1°: Autorizar al Departamento Ejecutivo, a suscribir el Contrato de Locación, con el señor IULITA Santiago Vicente , L.E. 7.336.108, en relación al inmueble sito en calle Centeno N° 150, de esta ciudad de Santa Rosa, constando de una superficie de 2.250 m2, incluyendo un galpón de 210 m2, integrado por las siguientes nomenclaturas catastrales: Ej.047-Circ.I-Rad.Q-Mz.124-Parc.13; Ej.047-Circ.I-Rad.Q-Mz.124-Parc.14 y Ej. 047-Circ.I-Rad.Q-Mz.124-Parc.38.
Artículo 2°: El plazo de la locación se fija en tres (3) años, con opción a prórroga por 3 (tres)años más, a favor de la Municipalidad de Santa Rosa, fijándose el precio del alquiler mensual, en la suma de PESOS UN MIL QUINIENTOS ($ 1.500).
Artículo 3°: Aprobar el Modelo de Contrato, que como Anexo I,
forma parte de la presente.
Artículo 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.

Expte. Nº 160-1/2009 (HCD) y 1914/2003/1-2 (DE).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL NUEVE.-
Guillermo José Di Liscia, Presidente del Honorable Concejo Deliberante; María Cecilia Roige, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante.-
MODELO CONTRATO DE LOCACION Entre el Señor SANTIAGO VICENTE IULITA, argentino, mayor de edad, L.E. 7.336.108, con domicilio constituido en la calle Juramento Nº 3030, Piso 5, Dpto. A, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Pcia. de Buenos Aires, en adelante “EL LOCADOR”, y LA MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA, representada por el Sr. Intendente Municipal, Dr. Francisco Javier TORROBA, D.N.I. 11.699.744 en adelante “EL LOCATARIO”, convienen en celebrar el presente contrato de locación, sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: “EL LOCADOR” cede en locación a “EL LOCATARIO” el inmueble ubicado en la calle Centeno N° 150 de esta Ciudad. El mismo consta de 2.250m2, incluyendo un galpón de 210m2. Forman el citado inmueble las siguientes nomenclaturas catastrales: Ej.047-Circ.I-Rad.Q-Mz.124-Parc.13; Ej.047-Circ.I-Rad.Q-Mz.124-Parc.14 y Ej.047-Circ.I-Rad.Q-Mz.124-Parc.38.-
SEGUNDA: La unidad arrendada será destinada para depósito de Bienes Patrimoniales (Contaduría General); estando prohibida la cesión o la sublocación total o parcial, permanente o temporaria del inmueble.-
TERCERA: El precio del alquiler se pacta en la suma de PESOS UN MIL QUINIENTOS ($ 1.500,00) mensuales, pagaderos en forma anticipada del primero al décimo día de cada mes.-CUARTA: El presente contrato tendrá una vigencia de TRES (3) años, contados a partir del 01 de mayo del año 2009, con la opción de prórroga a favor de La Municipalidad, por un término de TRES (3) años más; debiéndose ejercer esta opción a través de medio fehaciente, con una antelación de no menos de sesenta (60) días corridos. Sin perjuicio de ello a la finalización del plazo original, las partes se comprometen a reconsiderar el precio en caso de haberse producido distorsiones en el mercado– QUINTA: “EL LOCATARIO” deberá restituir el inmueble al término de la vigencia del presente contrato y eventualmente su prórroga, sin necesidad de interpelación alguna–
SEXTA: A los efectos de la rescisión del presente contrato, se aplicarán las generales de la Ley de Alquileres. A la finalización del contrato “EL LOCATARIO” entregará las llaves del inmueble a “EL LOCADOR” bajo recibo de conformidad.-
SEPTIMA: “EL LOCATARIO” se compromete a restituir el inmueble en el mismo estado en que hoy lo recibe, salvo los deterioros originados por el buen uso y transcurso del tiempo–
OCTAVA: “EL LOCATARIO” se hace cargo de los gastos originados por el consumo de energía eléctrica y tasas municipales de las Referencias Municipales N° 2828/0, 2841/9 y 2827/3, donde se encuentra emplazado el inmueble objeto de esta locación.-
NOVENA: A todos los efectos judiciales y extrajudiciales las partes fijan domicilio: “EL LOCADOR” en la calle Juramento Nº 3030, piso 5º, Dpto. A, (1428)Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Provincia de Buenos Aires; y “EL LOCATARIO”, en la Avenida San Martín N° 50, de la ciudad de Santa Rosa, Provincia de la La Pampa. Se deja expresa constancia que, en caso de diferendo judicial, las partes se someterán a los tribunales correspondientes a la primera circunscripción de La Pampa, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que les pueda corresponder.-
En prueba de conformidad se firman cinco (5) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los treinta (30) días del mes de Abril del año DOS MIL NUEVE.-
Santiago Vicente IULITA Dr. Francisco Javier TORROBA ANEXO I DEL PROYECTO DE ORDENANZA Santa Rosa, 5 de Agosto de 2009.-
Exptes. N° 160/09 H.C.D y 1914/03 II Cuerpo D.E. .-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 789/2009.-
Francisco Javier Torroba, Intendente Municipal; C.P.N. Luis A. Evangelista, Secretario de Hacienda y Abastecimiento.-
Dirección General de Administración: 5 de Agosto de 2009.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número tres mil novecientos noventa y dos (3992/2009).
María Andrea Torales, A/C Despacho General.-

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