Ordenanza Nº 4144/2010
Contrato de Locación de inmueble, sito en calle Lisandro de la Torre Nº 71/75
Ordenanza N° 4144: Santa Rosa, 09 de Abril de 2010.El Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente Ordenanza.
Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo, a suscribir un Contrato de Locación con la Sra. Azucena Santajuliana de Da Rocha, en relación al inmueble ubicado en la calle Lisandro de la Torre 71/75 de esta ciudad de Santa Rosa y cuya nomenclatura catastral es la siguiente: Ej 047 – Circ. I- Rad P – Mz 038 -Parcela 010-Partida Provincial 606982- Referencia 1514.
Artículo 2º: El plazo de locación será de veinticuatro (24) meses, iniciándose el día 01 de enero de 2010 y finalizando el día 31 de diciembre de 2012. Se fija el precio del alquiler mensual, en la suma de PESOS CINCO MIL ($ 5.000,00).
Artículo 3º: Aprobar el Modelo de Contrato, que como Anexo I forma parte de la presente.
Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Expte. N° 21/93 (HCD) y N° 362/1993 – I-II-III Cuerpo (DE).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS OCHO DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL DIEZ.
Guillermo José Di Liscia, Presidente del Honorable Concejo Deliberante; María Cecilia Roige, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante.
MODELO DE CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
– – En la ciudad de Santa Rosa, Provincia de La Pampa, a los …… días del mes de Febrero de dos mil diez, entre la Sra. Azucena SANTAJULIANA de DA ROCHA, L.C. Nº 9.833.100, con domicilio en la calle Entre Ríos Nº 45, de esta ciudad, que en adelante se denomina LA LOCADORA, por una parte y por la otra el Dr. Francisco Javier TORROBA, DNI Nº 11.699.744 en carácter de Intendente de la Municipalidad de Santa Rosa, con domicilio real en la Avda. San Martín Nº 50 de esta ciudad, en adelante denominado LA LOCATARIA , convienen de común acuerdo, formalizar el presente contrato de locación, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: LA LOCADORA cede en locación a LA LOCATARIA y esta recibe de conformidad, el inmueble sito en calle Lisandro de la Torre Nº 71/75 de la ciudad de Santa Rosa, La Pampa; cuya nomenclatura catastral es la siguiente: Ej. 047- Circ. I – Rad. P -Mz.0038 -Parc. 010 – Partida Provincial 606982 – Referencia Municipal 1514. El mismo tiene una superficie de 496,45 m2 y sus comodidades se hallan detalladas en plano adjunto, que forma parte del presente contrato.
SEGUNDA: El destino de la unidad arrendada será el de oficinas que el locatario disponga, de acuerdo a su fin específico, estando prohibida la cesión o sublocación total o parcial, permanente o transitoria del inmueble, así como las transferencias totales o parciales, onerosas o gratuitas.
TERCERA: El precio del alquiler se pacta en la suma de PESOS CINCO MIL ($ 5.000,00) mensuales, pagaderos por mes adelantado del 01 al 05 de cada mes.-
CUARTA: El presente contrato tendrá vigencia por el término de dos (2) años, a partir del día 01 de enero de 2010, venciendo en consecuencia el día 31 de diciembre de 2012.
QUINTA: LA LOCADORA faculta a LA LOCATARIA para que esta realice en el inmueble, los trabajos necesarios para su adecuación como oficinas.
A la finalización del contrato, aquellas reformas que no puedan ser levantadas quedarán formando parte del inmueble, no pudiendo generar ello reclamo económico alguno de las partes intervinientes.
SEXTA: LA LOCATARIA deberá restituir el inmueble al término de la vigencia del presente contrato, sin necesidad de interpelación alguna.
SEPTIMA: LA LOCATARIA, quien continúa en el inmueble arrendado en virtud de un contrato anterior, declara que en su oportunidad lo recibió en perfecto estado y que lo conserva igual, por lo que deberá entregarlo al momento del vencimiento de este contrato desocupado y en perfecto estado de conservación, salvo por los deterioros originados por el uso normal y el transcurso del tiempo.
OCTAVA: LA LOCATARIA se hace cargo de los gastos originados por el consumo de energía eléctrica, gas, teléfono y tasas municipales de la referencia Nº 1514 donde se encuentra emplazado el inmueble objeto de la presente locación.
NOVENA: Para cualquier divergencia que pueda surgir de la interpretación y aplicación del presente contrato, los firmantes – en el carácter invocado – se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios con asiento en esta ciudad, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.
DECIMA: A todos los efectos judiciales y extrajudiciales, las partes fijan domicilio en los citados precedentemente, en los que serán válidas todas las notificaciones y diligencias que se practiquen, aunque los interesados no vivan o no se encuentren en ellos.
En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha antes consignados.
Santa Rosa, 14 de Abril de 2010.-
Exptes. N° 21/1993 H.C.D y 362/1993 I, II y III Cuerpo DE.-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 336/2010.-
Francisco Javier Torroba, Intendente Municipal; Elida Noemí Deanna, Secretaria de la Producción; C.P.N. Luis A. Evangelista, Secretario de Hacienda y Abastecimiento.-
Dirección General de Administración: 14 de Abril de 2010.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número cuatro mil ciento cuarenta y cuatro (4144/2010).
María Andrea Torales, A/C Despacho General.-
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