Ordenanza Nº 4160/2010

Proyecto ¨Casa de la Historia y la Cultura del Bicentenario¨ para la ciudad de Santa Rosa

Ordenanza N° 4160: Santa Rosa, 11 de Mayo de 2010.

El Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente Ordenanza.

Artículo 1°: Autorizar al Sr. Intendente Municipal a adherir al Proyecto “Casa de la Historia y la Cultura del Bicentenario” para la ciudad de Santa Rosa, cuyo acta forma parte de la presente como Anexo I.
Artículo 2°: Autorizar al Sr. Intendente Municipal a suscribir todos los Convenios correspondientes que se desprendan del artículo 1°; en el marco del “Proyecto Casa de la Historia y la Cultura del Bicentenario”.
Artículo 3°: Autorizar al Departamento Ejecutivo a contratar en forma directa a dieciséis auxiliares de albañilería, seleccionados de acuerdo a los lineamientos de la Secretaría de Empleo del MTE y SS en el Manual Operativo del Proyecto “Casa de la Historia y la Cultura del Bicentenario”, (Punto III, Descripción del Proyecto, acápite 1, Mano de Obra).
Artículo 4°: Los dieciséis auxiliares de albañilería serán contratados bajo la modalidad de Locación de Servicios prevista por Ordenanza Municipal Nº 579/88.-
Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.-

Expte. Nº 90-1/2010 (HCD) y 2618/2010/1-1 (DE).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS ONCE DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL DIEZ.-
Guillermo José Di Liscia, Presidente del Honorable Concejo Deliberante; María Cecilia Roige, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante.-
Anexo I Carta de Adhesión al Proyecto Casas de la Historia y la Cultura del Bicentenario (Opción Contratación de Trabajadores)
El que suscribe Javier Francisco TORROBA D.N.I. N°11.699.744 en mi carácter de representante legal de MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA inscripto/a en el REGISTRO DE INSTITUCIONES DE CAPACITACION Y EMPLEO (REGICE) bajo el N°25001052, con domicilio legal en San Martín 50, Santa Rosa, (C.P. 6300) Provincia de LA PAMPA, manifiesto con carácter de declaración jurada conocer y aceptar el marco regulatorio del PROYECTO CASAS DE LA HISTORIA Y LA CULTURA DEL BICENTENARIO (Convenio del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N°155/09 y Resolución de la SECRETARIA DE EMPLEO N° 1319/09), y las instrucciones y reglas previstas para la ejecución del proyecto de obra aprobado, asumiendo además los compromisos, pautas y condiciones particulares expresados a continuación: Compromisos del Organismo Ejecutor.
· GENERICOS:

  1. Administrar con eficiencia y eficacia los recursos que aporte la SECRETARIA DE EMPLEO para la concreción del Proyecto N° 2 aprobado por su Resolución N° 268/10, asignándolos al pago de los rubros previstos a fin de alcanzar la meta establecida, de acuerdo a lo detallado en la presente Carta.
  2. Cumplir con el financiamiento comprometido para la compra de materiales y para la contratación de las/os DIECISEIS (16) trabajadoras/es desocupados que participarán del proyecto de obra aprobado y con las metas físicas del proyecto de obra aprobado.-
  3. Cumplir con la normativa urbanística, constructiva y de seguridad vigente en la jurisdicción de la localidad donde se realizará la obra.-
  4. Someterse para la resolución de cualquier controversia que surja de la participación en el PROYECTO CASAS DE LA HISTORIA Y LA CULTURA DEL BICENTENARIO, a la competencia de los Tribunales Federales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.-

· EN LA EJECUCION DE LA OBRA 5) Iniciar las actividades del proyecto de obra dentro de los CINCO (5) días corridos de efectuado el depósito de la primera transferencia por parte de la SECRETARIA DE EMPLEO.
6) Contratar por un período de SEIS (6) meses la cantidad de trabajadoras/es desocupadas/os comprometida en el proyecto de obra aprobado, mediante un contrato de trabajo de tiempo determinado, dando prioridad en la selección a las/os participantes del Programa Jóvenes con Más y Mejor Trabajo y del Seguro de Capacitación y Empleo.
7) Abonar mensualmente a las/os trabajadoras/os desocupadas/os contratadas/os la diferencia salarial que pudiere corresponder por la categoria laboral acordada, luego de descontar los PESOS UN MIL CUATROCIENTOS ($ 1.400) que la SECRETARIA DE EMPLEO le asignará en forma directa a cada trabajador/a, y realizar los aportes y contribuciones a la Seguridad Social.
8) Contratar los servicios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) que brinde cobertura a las/os tarbajadoras/es desocupadas/os contratadas/os.
9) Presentar mensualmente en la Gerencia de Empleo y Capacitación Laboral (vía fax, correo postal o electrónico) constancia de los aportes y contribuciones a la Seguridad Social realizados respecto de cada trabajador/a contratado/a.
10) Adquirir y entregar el kit de herramientas, ropa de trabajo y elementos de seguridad a las/os trabajadoras/es desocupadas/os contratados dentro del término de SESENTA (60) días de efectuada la transferencia de fondos asignados para este rubro por la SECRETARIA DE EMPLEO.
El kit de herramientas para cada trabajador deberá incluir:
1 marti. Carpintero (22 mm)
1 cortafierro (3/4″ 254 mm)
2 lápices carpinteros 1 plomada punto 300 gr 1 metro doble madera 1 cucharón (N° 5)
1 fratacho madera (40 cm)
1 tenaza armador (279 mm)
1 cinta métrica (5m x 16mm)
1 maza 1 ½ kg 1 cuchara albañil (N°7)
1 nivel burbuja (aluminio 400 mm)
Los elementos de seguridad y ropa de trabajo deberán comprender:
1 casco de plástico con soporte int.
Reglulable de goma 1 par de botines de segur. c/punta acero y cuero descarne 1 juego de pantalón y camisa de trabajo 1 par de guantes de descarne 1 antiparra plástica 11) Informar por escrito a la Gerencia de Empleo y Capacitación Laboral cualquier modificación al Proyecto, los cuales quedarán sujetos a la aprobación de dicha Gerencia.
12) En caso de ser necesario el reemplazo de algún/a trabajador/a a reemplazar, y presentar copia del nuevo contrato o el Alta Temprana del trabajador, debiendo asegurar la provisión de los correspondeintes elementos de seguridad, ropa de trabajo y kit de herramientas al nuevo trabajador.
13) Garantizar la participación en la obra de un equipo especializado compuesto de los siguientes perfiles: UN (1) director de obra, UN (1) capataz y TRES (3) medio oficiales u oficiales, cuya contratación estará a su exclusivo cargo.
· PARA LAS ACCIONES CAPACITACION EN OBRA 14) Celebrar un contrato de locación de obra por el plazo de CINCO (5) meses con el tutor propuesto en el proyecto, de acuerdo al modelo previsto por la Gerencia de Empleo y Capacitación Laboral, previa aprobación del curso formativo desarrollando por el tutor conforme los requerimientos de la SECRETARIA DE EMPLEO.
15) Garantizar que el tutor desarrolle exclusivamente actividades destinadas a la capacitación de las/os trabajadoras/es en la obra, no permitiendo que asuma otro tipo de responsabilidades o funciones, tales como las propias del director de la obra o del capataz.
16) Abonar al tutor la suma mensual de PESOS UN MIL CUATROCIENTOS ($ 1.400) en concepto de honorarios, previa autorización por escrito por parte de la Gerencia de Empleo y Capacitación Laboral y requiriendo la presentación de factura o recibo por parte del mismo.
· PARA LAS ACCIONES CAPACITACION EN OBRA 14) Celebrar un contrato de locación de obra por el plazo de CINCO (5) meses con el tutor propuesto en el proyecto, de acuerdo al modelo previsto por la Gerencia de Empleo y Capacitación Laboral, previa aprobación del curso formativo desarrollando por el tutor conforme los requerimientos de la SECRETARIA DE EMPLEO.
15) Garantizar que el tutor desarrolle exclusivamente actividades destinadas a la capacitación de las/os trabajadoras/es en la obra, no permitiendo que asuma otro tipo de responsabilidades o funciones, tales como las propias del director de la obra o del capataz.
16) Abonar al tutor la suma mensual de PESOS UN MIL CUATROCIENTOS ($ 1.400) en concepto de honorarios, previa autorización por escrito por parte de la Gerencia de Empleo y Capacitación Laboral y requiriendo la presentación de factura o recibo por parte del mismo.
. METAS DEL PROYECTO 17) Alcanzar las metas físicas previstas en el proyecto de obra aprobado:
Metas Físicas UNIDAD CANTIDAD Superficie de Obras M2 426
. En la Estructura de Costos 18) Cumplir con el financiamiento comprometido para la ejecución del proyecto de conformidad con la estructura de costos y condiciones que se detallan a continuación:
Aportes del Organismo Ejecutor:
Materiales 155.245 Mano de obra especializada 85.200 Herramientas y Equipos 7.029 Aportes y contribuciones 29.341 Seguro de ART p/trabajadores a cont. 2.400 Total $ 279.215 Aportes de la Secretaría de Empleo:
Rubro Monto Aprobado Primera transferencia Segunda transferencia Materiales $ 150.000,00 $ 120.000,00 80% $30.000,00 20%
Herramientas, ropa de trabajo y elementos de segurudad $ 8.800,00 $ 8.800,00 100%
Capacitación (honorarios Tutor) $ 7.000,00 $ 4.200,00 60% $ 2.800,00 40%
Total $ $ 165.800,00 $133.000,00 $ 32.800,00 Asimismo, la SECRETARÍA DE EMPLEO mensualmente transferirá a las/os trabajadoras/es desocupadas/os contratadas/os por el Organismo Ejecutor la suma de PESOS UN MIL CUATROCIENTOS ($ 1.400), durante la vigencia de sus respectivos contratos y por un plazo máximo de SEIS (6) meses. El reemplazo de trabajadoras/es no modificará el límite máximo a ser financiado por la SECRETARÍA DE EMPLEO por este concepto.
Requisitos para recibir las transferencias de recursos a cargo de la Secretaría de Empleo:

  1. Primera transferencia: Presentar en la Gerencia de Empleo y apacitación Laboral: a) la presente Carta de Adhesión, debidamente firmada. b) constancia de Alta Temprana o copia de los contratos celebrados con las/os trabajadoras/es desocupadas/os en donde deberá identificarse nombre, apellido, fecha de nacimiento, C.U.I.L., período de contratación y remuneración mensual del/la trabajador/a. c) Planilla anexa que refleje los datos sustanciales de los contratos, indique la diferencia salarial a cargo del Organismo Ejecutor ? si la hubiere ? los montos a destinar al pago de los aportes y contribuciones a la Seguridad Social e identifique la ART contratada.
  2. Segunda transferencia: a) Alcanzar el NOVENTA POR CIENTO (90%) o más de las metas físicas previstas de forma tal que la infraestructura esté en condiciones de ser puesta en funcionamiento a la brevedad; b) haber entregado las herramientas, los elementos de seguridad y ropa del trabajo a las/os trabajadoras/es y c) haber desarrollado las actividades de capacitación previstas.La SECRETARIA DE EMPLEO transferirá los fondos comprometidos en la cuenta del Banco de la Nación Argentina indicada en el Formulario de Presentación del proyecto aprobado.

. RENDICION DE CUENTAS 19) Observar para la rendición de cuentas de fondos recibidos de la SECRETARIA DE EMPLEO, el Reglamento General para la Rendición de Cuentas de fondos presupuestarios transferidos a gobiernos provinciales o municipales, previsto por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 1.169/07 y por la Resolución de la SECRETARIA DE EMPLEO N° 964/08.
. SANCIONES 20) Aceptar que en caso de incumplimiento de los compromisos asumidos, la SECRETARÏA DE EMPLEO podrá, previa intimación para su subsanación o presentación del descargo pertinente, requerir el reintegro en un plazo de QUINCE (15) días hábiles de las sumas dinerarias desembolsadas para el desarrollo del proyecto, y/o inhabilitar al organismo Ejecutor para participar en programas de empleo implementados o a implementarse por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL por hasta UN (1) año.
A todos los efectos relacionados con la participación en el PROYECTO DE CASAS DE LA HISTORIA Y LA CULTURA DEL BICENTENARIO se constituye el domicilio legal declarado precedentemente en el cual será válida cualquier notificación judicial o extrajudicial.
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Firma Aclaración Santa Rosa, 11 de Mayo de 2010.-Exptes. N° 90/2010 H.C.D y 2618/2010 DE.-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 416/2010.-
Francisco Javier Torroba, Intendente Municipal; Elida Noemí Deanna, Secretaria de La Producción; Dr. Pedro José Salas, Secretario de Gobierno y Acción Social; C.P.N. Luis A. Evangelista, Secretario de Hacienda y Abastecimiento; Ing. Diego Mauricio Bosch, Secretario de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano, Ricardo di Nápoli, Secretario de Cultura, Comunicación y Educación.-
Dirección General de Administración: 11 de Mayo de 2010.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número cuatro mil ciento sesenta (4160/2010).
María Andrea Torales, A/C Despacho General.-

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