Ordenanza Nº 4215/2010

Ente Municipal de Higiene y Salubridad Urbana - Modificación del Artículo 12º de la Ordenanza Nº 4203/2010

Ordenanza N° 4215: Santa Rosa, 13 de agosto de 2010.
El Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente Ordenanza.
Artículo 1º: Modifícase el artículo 12 de la Ordenanza Nº 4203/2010, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 12º: Régimen de compras y contrataciones: A los fines del cumplimiento de sus funciones, el Ente Municipal de Higiene y Salubridad Urbana deberá cumplir con los principios previstos por la Ley 1597 Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento, la Ley de Contabilidad 3 y sus modificatorias y el Decreto Nº 470/73 y sus modificatorios, garantizando la libre concurrencia de oferentes, igualdad de oportunidades a los mismos, la transparencia, eficiencia y la obtención de las condiciones más ventajosas para el interés público. A tales fines, las contrataciones o adquisiciones se realizarán sobre los siguientes procedimientos:

  1. Licitación pública: compra mayores a $400.000 b) Licitación privada: compras de más de $30.000 y hasta $400.000 c) Compra directa con pedido de precios: más de $15.000 y hasta $30.000 d) Compra directa: hasta $15.000 Cuando se actualicen los valores de los procedimientos precedentemente descriptos en los items a, b, c y d para la administración municipal en general, estos valores se actualizarán automáticamente y en idéntica proporción. A los fines de las compras y contrataciones, el cómputo de los plazos de publicación se realizará en días corridos.”

Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Expte. Nº 158/2010 (HCD).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS DOCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL DIEZ.
Guillermo José Di Liscia, Presidente del Honorable Concejo Deliberante; María Cecilia Roige, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante.-
Santa Rosa, 17 de Agosto de 2010.-
Exptes. N° 158/2010/2-1 H.C.D y 4027/2010/1-1 DE.-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 716/2010.-
Francisco Javier Torroba, Intendente Municipal; C.P.N. Luis A. Evangelista, Secretario de Hacienda y Abastecimiento; Ing. Diego Mauricio Bosch,
Secretario de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano.-
Dirección General de Administración: 17 de Agosto de 2010.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número cuatro mil doscientos quince (4215/2010).
María Andrea Torales, A/C Despacho General.

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