Ordenanza Nº 4219/2010
Voluntariado Social. DEROGADA POR ORDENANZA Nº 4875/2013
DEROGADA POR ORDENANZA Nº 4875/2013
Ordenanza N° 4219/2010
Santa Rosa, 13 de agosto de 2010.
El Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente Ordenanza
Artículo 1º: Establécese que la actividad presentada como Voluntariado Social debidamente acreditada, de conformidad a los términos establecidos en la Ley Nacional Nº 25.855, constituirá un antecedente de valoración, en concursos para cubrir vacantes tanto en el Departamento Ejecutivo como en el Deliberativo Municipal.-
Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo, por intermedio de la Dirección de Asuntos Vecinales, teniendo en cuenta la Ordenanza Nº 1410/94 , será la responsable de fomentar y brindar programas de asistencia técnica y capacitación al voluntariado y/o a las organizaciones que trabajan con voluntarios e implementará campañas de divulgación y reconocimiento de actividades propias del voluntariado, a través de los medios de comunicación del Municipio.
Artículo 3º: La presente Ordenanza deberá ser reglamentada dentro de los sesenta (60) días a partir de su publicación.
Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archivese.
Expte. N° 94-1/2010 (HCD).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS DOCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL DIEZ.
Guillermo José Di Liscia, Presidente del Honorable Concejo Deliberante; María Cecilia Roige, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante.-
Santa Rosa, 20 de Agosto de 2010.-
Exptes. N° 94/2010/2-1 H.C.D y 5439/1994/1-1 DE.-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 723/2010.-
Francisco Javier Torroba, Intendente Municipal; Abogado Pedro José Salas, Secretario de Gobierno y Acción Social.-
Dirección General de Administración: 20 de Agosto de 2010.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número cuatro mil doscientos diecinueve (4219/2010).
María Andrea Torales, A/C Despacho General.-
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