Ordenanza Nº 4239/2010
Ordenanza Fiscal - Modificación del Artículo 142º bis
Ordenanza N° 4239: Santa Rosa, 24 de Septiembre de 2010.El Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente Ordenanza.
Artículo 1º: Modifícase el Artículo 142º (bis) de la Ordenanza Fiscal el que quedará redactado de la siguiente forma:
“Artículo 142 (bis): Establécese una Tasa Especial de Obras y Servicios, la que quedará afectada en un 40% con destino específico a la satisfacción de los requerimientos propios atinentes a la atención de los cementerios, de espacios públicos, del control de fauna urbana y al área de control de tránsito en la ciudad de Santa Rosa.
La presente tasa implicará además, el otorgamiento a los beneficiarios que fallezcan el derecho de cremación o de utilización de una sepultura para inhumación sin cargo en concepto de arrendamiento a perpetuidad a partir de la fecha de fallecimiento.
Serán beneficiarios de la presente tasa los contribuyentes y/o cónyuges e hijos y/o personas que residan en el domicilio alcanzado por la tasa. El Departamento Ejecutivo reglamentará las formas y modalidades en que deberán acreditarse los extremos del presente artículo.”
Artículo 2°: Modifícase la estructura de costos de los servicios municipales y servicios sanitarios que forman parte del Anexo II de la Ordenanza Nº 4111/10, Ordenanza Tarifaria 2010, que como Anexo I forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°: Modifícase el Art. 1º del Anexo I, la Ordenanza Tarifaria Nº 4111/10, Ordenanza Tarifaria 2010, el que quedara redactado de la siguiente manera:
“CAP ART INC L-N PAR 1 001 2 0 RECOLECCION DE RESIDUOS Por inmueble y por mes: $ 22,75 1 001 3 0 RIEGO Por metro lineal de frente y por mes: $ 1,6331 1 001 4 0 BARRIDO Por metro lineal de frente y por mes: $ 4,15 1 001 5 a 0 Calles asfaltadas: $ 1,881 1 001 5 b 0 Calles de tierra: $ 0,695 1 001 5 c 0 Calles de tierra diferencial: $ 0,1159”
Artículo 3°: Modifícase el Art. 3º del Anexo I, la Ordenanza Tarifaria Nº 4111/10, Ordenanza Tarifaria 2010, el que quedara redactado de la siguiente manera:
“CAP ART INC L-N PAR 3 001 a Valor fijo mensual por categoría de usuarios, k: $ 9,193 3 001 b 1 a Agua (el metro cúbico): $ 1,983”
Artículo 4°: Modificase el Art. 53º del Anexo I, la Ordenanza Tarifaria Nº 4111/10, Ordenanza Tarifaria 2010, el que quedara redactado de la siguiente manera:
“CAP ART INC L-N PAR 7 007 1 Tasa especial de Obras y Servicios, conforme a la Ordenanza Fiscal, por inmueble afectado y por mes: $ 9”
Créase el Fondo Tasa Especial de Obras y Servicios con destino específico, que se constituirá con el 40% de los aportes provenientes de la recaudación de la mencionada tasa.
Dicho fondo se distribuirá de la siguiente manera:
Satisfacción de requerimientos atinentes a la atención de los cementerios: 20,00%
Satisfacción de requerimientos atinentes a la atención de espacios públicos: 25,00%
Satisfacción de los requerimientos del programa para control de fauna urbana: 25,00%
Satisfacción de requerimientos atinentes al área de control de tránsito:30,00 %
Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Expte. Nº 339-2/2009 (HCD) y 5368/2009/1-4 (DE).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIEZ.-
Guillermo José Di Liscia, Presidente del Honorable Concejo Deliberante; María Cecilia Roige, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante.-
Santa Rosa, 24 de Septiembre de 2010.-
Exptes. N° 339/2009/2-2 y 2-3 H.C.D y 5368/2009/1-4 DE.-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 837/2010.-
Francisco Javier Torroba, Intendente Municipal; C.P.N. Luis A. Evangelista, Secretario de Hacienda y Abastecimiento; Ing. Diego Mauricio Bosch, Secretario de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano.-
Dirección General de Administración: 24 de Septiembre de 2010.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número cuatro mil doscientos treinta y nueve (4239/2010).
Maria Andrea Torales A/C Despacho General.-
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