Ordenanza N° 4345/2011
Prohibiendo en la Jurisdicción de la Muncipalidad de Santa Rosa el tratamiento por incineración de residuos patológicos.
ORDENANZA SUSPENDIDA POR EL PLAZO DE 18 MESES, A PARTIR DE LA PROMULGACION DE LA ORDENANZA Nº 4722/2012
Santa Rosa, 08 de Abril de 2011.
El Honorable Concejo Deliberante sanciona con fuerza de Ordenanza.
Artículo 1º: Prohíbese en la jurisdicción de la Municipalidad de Santa Rosa el tratamiento por incineración de residuos patológicos. Quedan exceptuados de la presente los restos patológicos de origen cadavérico y anatómico.
Artículo 2°: Suspéndese la recepción, en la jurisdicción de la Municipalidad de Santa Rosa, de cualquier tipo de residuos patológicos originados en otras. La suspensión será efectiva a partir de los 60 días corridos de promulgada la presente.
Artículo 3°: La suspensión prevista por el artículo 2º sólo puede ser revertida por la vigencia de convenio de colaboración entre la Municipalidad de Santa Rosa y el Gobierno de la Provincia de La Pampa, ratificado por el Honorable Concejo Deliberante, adecuado a las previsiones de la Ley Provincial 1586 y la prohibición dispuesta por el Artículo 1º, contemplando expresamente el origen, la cuantía y el tipo de materiales que podrán admitirse para su tratamiento y disposición final.
Artículo 4°: Comuniqúese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Expte. N° 312-1/2007 (HCD).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS SIETE DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL ONCE.
Santa Rosa, 12 de abril de 2011.-
Exptes. N° 312/2007/2-1 H.C.D y 1705/2011/1-1 DE.-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 304/2011.-
Francisco Javier Torroba, Intendente Municipal; Elida Noemí Deanna, Secretaria de la Producción, A/C Secretaría de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano.-
Dirección General de Administración: 12 de Abril 2011.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número cuatro mil trescientos cuarenta y cinco (4345/2011).
María Andrea Torales, A/C Despacho General.-
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