Ordenanza Nº 4484/2011
Código Urbanístico - Ordenanza Nº 3274/2005. Modificación del apartado 2.3.3 de la Sección 2.3
Ordenanza N° 4484: Santa Rosa, 14 de Octubre de 2011.El Honorable Concejo Deliberante sanciona con fuerza de Ordenanza.
Artículo 1º: Modifícase el apartado 2.3.3 de la Sección 2.3 de la Ordenanza Nº 3274/2005, “Código Urbanístico 2004″ el que quedará redactado de la siguiente manera:
” 2.3.3. Proporción de suelo a ceder a la Municipalidad.
Los porcentuales de suelo que los propietarios de una extensión de terreno deberán ceder a la Municipalidad libre de cargo cuando ésta haya permitido su subdivisión y cualquiera sea el tamaño de la parcela originaria serán los siguientes:
10 % para espacios verdes y/o usos comunitarios Más lo que resulte por el trazado de las calles a ceder, de acuerdo al diseño de subdivisión.
Cuando razones de orden técnico, inherentes a instalaciones de infraestructuras de servicios, obras viales de dimensiones superiores a las previstas por éste Código u otros motivos debidamente fundados, hagan aconsejable exigir a los propietarios la cesión de superficies con destino a calles en exceso, o con fines distintos, a los previstos por este Código, se compensará dicho excedente reduciendo en la misma proporción, el porcentaje a ceder con destino espacios verdes y/o comunitarios.
La autorización de la compensación estará condicionada a que la superficie a subdividir admita, conforme a la zonificación de los distritos y los usos del espacio establecidos por este Código, la reducción de los espacios verdes y/o de usos comunitarios, sin que ello ocasione pérdida en la funcionalidad de los mismos. En ningún caso se autorizará la supresión en forma total de espacios verdes y/o para usos comunitarios.”
Artículo 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Expte. N° 351-2/2004 (HCD) y N° 9864/1994/1-6 (DE).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS TRECE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL ONCE.
Guillermo José Di Liscia, Presidente del Honorable Concejo Deliberante; María Cecilia Roige, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante.
Santa Rosa, 17 de Octubre de 2011.-
Exptes. N° 351/2004/2-1 HCD y 9864/1994/1-6 DE.-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 1135/2011.-
Francisco Javier Torroba, Intendente Municipal; Diego Mauricio Bosch, Secretario de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano.-
Dirección General de Administración: 17 de Octubre de 2011.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número cuatro mil cuatrocientos ochenta y cuatro (4484/2011).
María Andrea Torales, A/C Despacho General.
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