Ordenanza Nº 4496/2011

Autorización al Departamento Ejecutivo Municipal, al pago de la deuda reclamada por la empresa Ferroexpreso Pampeano S.A.

Ordenanza N° 4496: Santa Rosa, 14 de Noviembre de 2011.
El Honorable Concejo Deliberante sanciona con fuerza de Ordenanza.
Artículo 1°: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal al pago de la deuda reclamada por la empresa Ferroexpreso Pampeano S.A., en la suma de PESOS QUINIENTOS SETENTA MIL ($570.000,00), suma que será cancelada en un ÚNICO PAGO, dentro del mes de noviembre del corriente año, en concepto de liquidaciones por remuneraciones mensuales de los meses de ABRIL de 2008 hasta NOVIEMBRE de 2011, por los agentes Martín Rene ALFONSO y Jorge Omar LABARRERE, e indemnizaciones por despido de los citados agentes en un 100% y 50%, respectivamente.
Artículo 2º: LA Empresa Ferroexpreso Pampeano S.A. asume la obligación de realizar todos los trámites administrativos a efectos de materializar en forma documentada la indemnización por despido de los agentes nombrados Martín Rene ALFONSO y Jorge Omar LABARRERE.
Artículo 3°: DEJASE establecido que la Empresa Ferroexpreso-Pampeano, una vez cumplido el pago asumido por la Municipalidad, no tendrá nada más que reclamar al Municipio por obligaciones emergentes de las siguientes Actas:
Acta Acuerdo del 27 de agosto de 1993, Acta Acuerdo de fecha 14 de octubre de 1993, Acta Acuerdo Complementaria de fecha 21 de octubre de 1994, Addenda de fecha 1 de junio de 1995 y Acta Acuerdo del 14 de diciembre de 2005.-
Artículo 4º: APRUEBASE el Acuerdo de Pago y su respectivo Anexo que como Anexo I forma parte de la presente.
Artículo 5º: Establécese que a partir de la promulgación de la presente Ordenanza , el Departamento Ejecutivo, no asumirá ningún costo monetario que pudiera derivar del Acuerdo celebrado entre Ferroexpreso Pampeano S.A. y la Municipalidad de Santa Rosa.
Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Expte. Nº 68/91 (HCD) y 2294/1994/1-4 (DE).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL ONCE.
ANEXO I ACUERDO DE PAGO Entre la MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA (La Pampa), representada en este acto por su Intendente Municipal, Don Francisco Javier TORROBA D.N.I., en adelante LA MUNICIPALIDAD, constituyendo domicilio en Avenida San Martín Nº 50 de esta ciudad y la firma FERROEXPRESO PAMPEANO S.A., representada en este acto por el Sr. Daniel Omar De Battista, argentino, D.N.I. N° 12.963.343 y Eduardo Alberto RUSSO D. N. I. 20251422, argentino, quienes comparecen en carácter de Apoderados, en adelante LA EMPRESA, constituyendo domicilio en Conesa N°1073 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en en virtud del Acta Acuerdo firmado entre LA EMPRESA y la MUNICIPALIDAD en fecha veintisiete de agosto del mil novecientos noventa y tres, Acta Acuerdo de fecha catorce de octubre de mil novecientos noventa y cuatro, Acta ? Acuerdo Complementaria de fecha veintiuno de octubre de mil novecientos noventa y cuatro, y Addenda de fecha primero de junio de mil novecientos noventa y cinco, las PARTES celebran el presente acuerdo de pago de deuda según las cláusulas que se detallan a continuación:
PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD reconoce adeudar a LA EMPRESA, la suma total de PESOS QUINIENTOS SETENTA MIL ($ 570.000,00) cuyo origen corresponde a: 1) liquidaciones mensuales pendientes de los meses Abril de 2008 hasta Noviembre de 2011, de los agentes Jorge Omar Labarrere y Martín Rene Alfonso, conforme los términos del artículo 6° del Acta-Acuerdo del 27 de agosto de 1993 y Addenda del 1° de Junio de 1995; 2) indemnización por despido en un 100% del agente Martín René Alfonso, conforme al art. 8° del Acta-Acuerdo del 27 de agosto de 1993, quedando a cargo de LA EMPRESA realizar todos los trámites administrativos a efectos de materializar en forma documentada la indemnización del mencionado agente y 3) indemnización por despido en un 50% del agente Jorge Omar Labarrere, conforme al art. 8° del Acta-Acuerdo del 27 de agosto de 1993, quedando asimismo a cargo de LA EMPRESA el 50% restante de la indemnización y realizar todos los trámites administrativos a efectos de materializar en forma documentada la indemnización del mencionado agente.-
SEGUNDA: El importe total adeudado por LA MUNICIPALIDAD que asciende a PESOS QUINIENTOS SETENTA MIL ($570.000,00), el cual no incluye intereses por mora ni punitorios, será abonado en un ÚNICO PAGO a LA EMPRESA, una vez aprobada la Ordenanza Municipal de autorización por el Honorable Concejo Deliberante. Cumplido el pago asumido por LA MUNICIPALIDAD, FEPSA no tendrá más que reclamar a LA MUNICIPALIDAD por obligaciones emergentes de las Actas mencionadas en el exordio.-
TERCERA: Las partes dejan establecido que por cualquier tipo de controversias que surjan de la interpretación del presente, éstas se dirimirán en los Tribunales de la ciudad de Santa Rosa de la Provincia de La Pampa, renunciando a cualquier otro fuero que les pudiera corresponder, incluso el Federal.-
En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares del presente de un mismo tenor, en la ciudad de Santa Rosa, Provincia de La Pampa, a los … días del mes de noviembre del año 2011.-
…………………………………… …………………………………………
F IA ¡ 100Q434B1C uard aba rieras abril 2008. 2 7/D8/2QQ8 5571,13
F A [ 100043483 G »uardabarreras Junio 2008 2 7/08/2008 5705,96
F A 100043482C Suarda barreras mayo 2008 2 7/08/2003 3571,18
F [A ?100043484 C »ua rdaba rreras J ulio 2008. 2 7/08/2008 11621,39
F (A 100044526C Guardabarreras Junio 2007 1 4/01/2009 4468,25
F A 10004483c! C Guardabarreras diciembre 2008 1 6/01/2009 7321,99
F U 100044B33 C Guardabarreras septiembre 2005 1 6/D1/2009 0050,4
F A 100044834 C Guardabarreras agosto 2008 1 6/01/2009 8050,4
F |A 100044B32 C Guardabarreras noviembre 200B 6/01/2002 7321,99
F |A 1D0044831C Guardabarreras octubre 2008 6/01/2009 7321,99
71004,73
l Guardabarreras enero 2009 7452,72
guardabarreras febrero 2009 7602.14
Guardabarreras marzo 2009 7617,11
Guardabarreras abril 2009 7617,11
?1- Guardabarreras mayo 2009 7617,11
Guardabarreras junio 2G0S. 12099,56
Guardabarreras julio 2009 3737,72
Guardabarreras agosto 2009 3752,68
Guardabarreras septiembre 2009 10967,3/
Guardabarreras octubre 2009 . 9253.76
Guardabarreras noviembre 2009 9253,76
Guardabarreras diciembre 2009 10124,1
Guardabarreras enero 2010 9690,8
Guardabarreras febrero 2010 9253,76
Guardabarreras marzo 2010 9289,99
Guardabarreras abril 2010 9289,99
Guardabarreras mayo 2010 16178,96
Guardabarreras Junio 2010 11586,31
Guardabarreras julio 2D10 11586,31
Guardabarreras agosto 2010 11622,54
Guardabarreras setiembre 2010 11622,54
Guardabarreras octubre 2010 11622,54
Guardabarreras noviembre 2010 11622,54
Guardabarreras diciembre’2010 11622,54
Guardabarreras enero 2011. 11622,5¿
Guardabarreras febrero 2011 11622,5*
Guardabarreras marzo 2011 11622,5^
Guardabarreras abril 2011 11622,5* +
Guardabarreras mayo 2011 – 11622,6* 4
Guardabarreras i unió 201-1 11622,5 4
Guardabarreras julio 2011 11522,5 4
Guardabarreras agosto 2011 11622,5 4
Guardabarreras set 201.1 11622,5 4 4
Guardabarreras oct 201.1 11622.5
Guardabarreras nov2011 11622,5 369931,9 4 9
– TOTAL $ 440.936,72 _ Indemnización ALFONSO Martín Rene -$ 71.5SS-.45 100% 71596,45 Indemnización LA BAR RE RE Jorge Ornar – $ 152.710,13 50% 76355,07 TOTAL (ii) $ 147.951,52 TOTAL (i) + (i¡). $ 588.888,24 Descuento $ 18.888,24 TOTAL $ 570.000,00 Guillermo José Di Liscia, Presidente del Honorable Concejo Deliberante; María Cecilia Roige, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante.-
Santa Rosa, 14 de Noviembre de 2011.-
Exptes. N° 68/1991/2-1 HCD y 2294/1994/1-4 DE.-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 1295/2011.-
Francisco Javier Torroba, Intendente Municipal; Luis A. Evangelista, Secretario de Hacienda y Abastecimiento; Diego Mauricio Bosch, Secretario de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano.-
Dirección General de Administración: 14 de Noviembre de 2011.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número cuatro mil cuatrocientos noventa y seis (4496/2011).
María Andrea Torales, A/C Despacho General.-

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