Ordenanza Nº 4531/2011

Donación de una porción de inmueble a la "Asociación Santa Rosa Voley"

Ordenanza N° 4531: Santa Rosa, 02 de Diciembre de 2011.
El Honorable Concejo Deliberante sanciona con fuerza de Ordenanza.
Artículo 1º: Dónase a la “Asociación Santa Rosa Voley”, Personería Jurídica Nº 1977 (Res. Nº 056/10 D.G.S.P.J. Y R.P.C.) la porción del inmueble identificado catastralmente como Ejido 047, Circunscripción III, Radio j, Manzana 24, Parcela 2, Referencia Nº 29.140, Partida Nº 668.227, cuyo croquis de ubicación forma parte de la presente como Anexo I, identificado con la letra D, para la construcción de la sede social.
Artículo 2°: La “Asociación Santa Rosa Voley” se hará cargo de todos los gastos correspondientes a los trámites de mensura y escrituración del inmueble descripto en el Artículo 1º.
Artículo 4°: Impónese al donatario el cumplimiento de la carga de permitir el uso en forma gratuita de las instalaciones a construir, para el desarrollo de actividades comunitarias y recreativas, en la forma y condiciones estipuladas en el convenio de uso que como Anexo II forma parte de la presente; y dar comienzo a la construcción del complejo deportivo en el plazo de un (1) año, y concluir los mismos en el plazo de cinco (5) años, a partir de la promulgación de la presente. En la escritura traslativa de dominio, deberá constar explícitamente el cargo impuesto por la presente.
Artículo 5º: El no cumplimiento de cualquiera de las imposiciones contenidas en la presente, como así también el cambio en el destino o la disolución de la “Asociación Santa Rosa Voley”, será causal suficiente para que la Municipalidad de Santa Rosa ejerza el derecho de reversión de la presente donación.
Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.-
Exptes. Nº 237-1/2011 (HCD) y 3317/2010/1-1 (DE).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS UN DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL ONCE.
ANEXO II 4531/11
CONVENIO DE USO En la ciudad de Santa Rosa, a los …… días del mes de ….. del año 2011, entre la Municipalidad de Santa Rosa, representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal Dr. Francisco Javier TORROBA, en adelante “LA MUNICIPALIDAD” por una parte, y por la otra la Asociación Santa Rosa Voley, Persona Jurídica Nº 1977 (Res 056/10 DGSPJyRPC), representado en este acto por el/la Sr/a …………….. DNI ………. En adelante “LA ASOCIACIâN”, convienen celebrar el presente CONVENIO DE USO, sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: LA ASOCIACION se compromete a compartir el uso de las instalaciones construidas sobre el terreno donado por LA MUNICIPALIDAD, para ser utilizado en el desarrollo de actividades comunitarias propias del barrio.-
SEGUNDA: LA ASOCIACION se compromete a permitir a LA MUNICIPALIDAD, la utilización de las instalaciones construidas sobre el terreno donado, para el desarrollo de actividades recreativas, deportivas, culturales, sociales, institucionales y comunitarias propias de LA MUNICIPALIDAD y/o las que ejecuten en forma conjunta con Comisiones Vecinales, las que deberán programarse y comunicarse con una anticipación no menor a 72 horas, para ser coordinadas con las que desarrolle LA ASOCIACION que prestará conformidad.-
TERCERA: Para todos los efectos legales a los que pudiera dar lugar el presente convenio, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de esta ciudad, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponderle, y constituyen domicilios especiales: LA MUNICIPALIDAD en Avenida San Martin Nº 50 y LA ASOCIACION en calle …… ambos de la ciudad de Santa Rosa.-
Guillermo José Di Liscia, Presidente del Honorable Concejo Deliberante; María Cecilia Roige, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante.-
Santa Rosa, 06 de Diciembre de 2011.-
Exptes. N° 237/2011/2-1 HCD y 3317/2010/1-1 DE.-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 1575/2011.-
Francisco Javier Torroba, Intendente Municipal; Pedro José Salas, Secretario de Gobierno y Acción Social; Luis A. Evangelista, Secretario de Hacienda y Abastecimiento; Diego Mauricio Bosch, Secretario de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano.-
Dirección General de Administración: 06 de Diciembre de 2011.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número cuatro mil quinientos treinta y uno (4531/2011).
María Andrea Torales, A/C Despacho General.-

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