Ordenanza Nº 4607/2012
Autorización al Departamento Ejecutivo a suscribir el Contrato de Locación, con el señor IULITA, Santiago V.
Ordenanza N° 4607: Santa Rosa, 11 de Mayo de 2012.El Honorable Concejo Deliberante sanciona con fuerza de Ordenanza.
Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir el Contrato de Locación con el señor IULITA, Santiago Vicente, L.E. 7.336.108 en relación al inmueble sito en calle Centeno Nº 150 de esta Ciudad de Santa Rosa, constando de una superficie de 2.250 m2, incluyendo un galpón de 210 m2. integrado por las siguientes nomenclaturas catastrales: Ej.047-Circ.I-Rad.Q-Mz.124-Parc.13; Ej.047-Circ.I-Rad.Q-Mz.124-Parc.14 y Ej.047-Circ.I-Rad.Q-Mz.124-Parc.38.-
Artículo 2º: El plazo de la locación se fija en tres (3) años, con opción a prorroga por tres (3) años más, a favor de la Municipalidad de Santa Rosa, fijándose el precio del alquiler mensual, en suma de PESOS SEIS MIL ($6.000,00).-
Artículo 3º: Apruébase el Modelo de Contrato, que como Anexo I, forma parte de la presente Ordenanza.-
Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.-
Exptes. Nº 160-1/2009 (HCD) y 1914/2003 II y III Cuerpo (DE).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL DOCE.
A N E X O 1
MODELO DE CONTRATO DE LOCACION Entre el Señor SANTIAGO VICENTE IULITA, argentino, mayor de edad, L.E 7.336.108, con domicilio constituido en la calle Juramento Nº 3030, Piso 5, Dpto. A de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Provincia de Buenos Aires en adelante “EL LOCADOR” y la MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA, representada por el señor Intendente Municipal, Dr. LUIS LARRAÑAGA, D.N.I 13.956.607, en adelante “EL LOCATARIO”, convienen en celebrar el presente contrato de locación sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: “EL LOCADOR” cede en locación a “EL LOCATARIO” el inmueble ubicado en la calle Centeno Nº 150 de esta Ciudad. El mismo consta de una superficie de 2.250 m2, incluyendo un galpón de 210 m2. integrado por las siguientes nomenclaturas catastrales: Ej.047-Circ.I-Rad.Q-Mz.124-Parc.13; Ej.047-Circ.I-Rad.Q-Mz.124-Parc.14 y Ej.047-Circ.I-Rad.Q-Mz.124-Parc.38.-
SEGUNDA: La unidad arrendada será destinada para albergar los motovehículos retenidos en operativos efectuados por la Dirección de Tránsito Municipal, estando prohibida la cesión o la sublocación total o parcial permanente o temporaria del inmueble.- —
TERCERA: EL precio del alquiler se pacta en la suma de PESOS SEIS MIL ($ 6.000,00) mensuales, pagaderos en forma anticipada del primero al décimo día de cada mes.-
CUARTA: El presente contrato tendrá una vigencia de TRES (3) AÑOS, contados a partir del 01 de mayo de 2012, con la opción de prórroga a favor de la Municipalidad, por un término de TRES (3) AÑOS más; debiendo ejercer esta opción a través de medio fehaciente, con una antelación de no menos de sesenta (60) días corridos. Sin perjuicio de ello a la finalización del plazo original, las partes se comprometen a reconsiderar el precio en caso de haberse producido distorsiones en el mercado.-
QUINTA: “EL LOCATARIO” deberá restituir el inmueble al término de la vigencia del presente contrato y eventualmente su prórroga, sin necesidad de interpelación alguna.-
SEXTA: A los efectos de la rescisión del presente contrato, se aplicarán las generales de la Ley de Alquileres. A la finalización del contrato “EL LOCATARIO” entregará las llaves al “EL LOCADOR” bajo recibo de conformidad.-
SEPTIMA: “EL LOCATARIO” se compromete a restituir el inmueble en el mismo estado en que hoy lo recibe, salvo los deterioros originados por el buen uso y transcurso del tiempo.-
OCTAVA: “EL LOCATARIO” se hace cargo de los gastos originados por el consumo de energía eléctrica y tasas municipales de las Referencias Municipales Nº 2828/0, 2841/9 y 2827/3, donde se encuentra emplazado el inmueble objeto de esta locación.- —
NOVENA: A todos los efectos judiciales y extrajudiciales las partes fijan domicilio: “EL LOCADOR” en calle Juramento Nº 3030, Piso 5, Dpto. A(1428) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Provincia de Buenos Aires; y “EL LOCATARIO” en Avenida San Martín Nº 50 de la Ciudad de Santa Rosa, Provincia de La Pampa. Se deja expresa constancia que, en caso de diferendo judicial, las partes se someten a los tribunales correspondientes a la primera circunscripción de La Pampa, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que les pueda corresponder.-
En prueba de conformidad se firman CINCO (5) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa a los ……. días del mes de …………….. de DOS MIL DOCE.-
Santiago Vicente IULITA – Dr. Luis LARRAÑAGA Santa Rosa, 15 de Mayo de 2012.-
Exptes. N° 106/2009/2-1 HCD y 1914/2003/1-2 y 3 DE.-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 445/2012.-
Dr. Luis Larrañaga, Intendente Municipal; Cr. Miguel Ángel de Elorriaga, Secretario de Hacienda y Abastecimiento; Ing. Javier Fernando Schlegel, Secretario de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano.-
Dirección General de Administración: 15 de Mayo de 2012.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número cuatro mil seiscientos siete (4607/2012).
María Andrea Torales, A/C Despacho General.-
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