Ordenanza Nº 4633/2012

Tránsito. Licencia de Conducir o el Carnet Habilitante provisional a quienes registren deudas

Ordenanza N° 4633: Santa Rosa, 08 de Junio de 2012.
El Honorable Concejo Deliberante sanciona con fuerza de Ordenanza.
Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a expedir la Licencia de Conducir o el Carnet Habilitante provisional a quienes registren deudas por multas superiores a las 400 U.F., siempre que reùnan las siguientes exigencias:

  1. Celebración de un compromiso de pago suscripto con la Direcciòn de Rentas de la Municipalidad de Santa Rosa, que deberà acreditarse acompañando una copia del mismo debidamente certificada.
  2. Declaración Jurada suscripta por el interesado, que indique la utilizaciòn del vehìculo como medio de movilidad para el desempeño o funciòn; y la situaciòn social del mismo, denunciando sus ingresos aproximados.

Artículo 2°.- El Carnet Habilitante provisional serà otorgado por ùnica vez, y tendrà validez por un plazo igual al de la duraciòn del convenio de pago, no pudiendo superar el tèrmino màximo de doce (12) meses.
Artículo 3º: La Comisiòn de una nueva infracciòn durante la vigencia del Carnet provisional implicarà la revocaciòn del mismo.-
Artículo 4º: No se encuentran comprendidos en los alcances establecidos en el artìculo 1º, aquellos que registren deudas por faltas graves y/o sean reincidentes.
Artículo 5º: Las unidades fijas (U.F.) seràn las que establece la Ordenanza Tarifaria vigente para las infracciones de trànsito.
Artículo 6º: El Departamento Ejecutivo reglamentarà la presente Ordenanza dentro de los noventa (90) dìas, a partir de su promulgación.-
Artículo 7°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Expte. N° 132/2012 (HCD).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL DOCE.
Susana G. de Vistarop, Secretaria Honorable Concejo Deliberante; Angel Baraybar, Presidente Honorable Concejo Deliberante.

Santa Rosa, 27 de Junio de 2012.-
Exptes. N° 132/2012/2-1 HCD y 3061/2012/1-1 DE.-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 601/2012.-
Dr. Luis Larrañaga, Intendente Municipal; Cr. Miguel Angel de Elorriaga, Secretario de Hacienda y Abastecimiento; Ing. Javier Fernando Schlegel, Secretario de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano.-
Dirección General de Administración: 27 de Junio de 2012.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número cuatro mil seiscientos treinta y tres (4633/2012).
María Andrea Torales, A/C Despacho General.-

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