Ordenanza Nº 4657/2012
Ordenanza Fiscal. Tarifas para el Año 2012
SANTA ROSA (L.P.), 20 de Julio de 2012.EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA.
Sanciona con fuerza de
ORDENANZA Nº 4657/2012
Artículo 1º: Conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal, fíjanse las tarifas para el Año 2012 que se establecen en el ANEXO I, que forma parte de la presente.
Artículo 2º: De no hallarse al 1 de Enero de 2013 vigente la Ordenanza Tarifaria para el período, regirán las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza hasta tanto ella sea aprobada.
Artículo 3º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a adecuar los valores consignados en la presente, según las siguientes pautas:
- Los valores correspondientes al Alumbrado Público, hasta la tarifa que fije la entidad prestadora por cada zona o sector de conformidad con las equivalencias establecidas.
- Considéranse aprobadas las estructuras de costos que forman parte de la presente como Anexo II.
- Considéranse aprobadas las estructuras de costos que forman parte de la presente como Anexo IV.
- Considéranse aprobadas las estructuras de costos que forman parte de la presente como Anexo V.
El departamento Ejecutivo remitirá al Honorable Concejo Deliberante copia de las Resoluciones que en virtud de la presente dicte adjuntando los antecedentes respectivos.
Los importes consignados en el Anexo II de la presente se encuentran expresados a valores del 31/05/12.
Facúltase al Departamento Ejecutivo a adecuar la tabla de valores de mercado – Anexo III – cuando aparezcan nuevos modelos.-
Artículo 4º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a declarar incobrables los créditos fiscales por tasas, derechos y contribuciones actualizadas, cuyos montos no superen, por año, incluyendo las accesorias devengadas, la suma de: $ 1,00 Autorízase el redondeo de cifras hasta o sus múltiplos cuando razones prácticas lo exijan: $ 0,10 Fíjase el monto mínimo a ingresar por cuota conforme al Artículo 35º (bis) de la Ordenanza Fiscal, la suma de: $ 30,00 Artículo 5º: Los valores de la presente Ordenanza entrarán en vigencia a partir de su promulgación.
Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Expte. Nº 154-1/2012 (HCD) y 4887/2011/1-2 (DE).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL DOCE.
Susana Garcia de Vistarop, Secretaria Honorable Concejo Deliberante; Angel Baraybar, Presidente Honorable Concejo Deliberante.
Santa Rosa, 24 de Julio de 2012.-
Exptes. N° 154/2012/2-1 y 2-2 HCD y 4887/2011/1-2 DE.-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 722/2012.-
Dr. Luis Larrañaga, Intendente Municipal; Lic. José Eduardo Sevilla, Secretario de Gobierno y Desarrollo Social; Cr.Miguel Angel de Elorriaga, Secretario de Hacienda y Abastecimiento; Ing. Javier Fernando Schlegel, Secretario de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano; Lic. Mauricio Germán Marquez, Secretario de Desarrollo Local; Arq. Miguel Angel García, Secretario de Cultura y Derechos Sociales.-
Dirección General de Administración: 24 de Julio de 2012.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número cuatro mil seiscientos cincuenta y siete (4657/2012).
María Andrea Torales, A/C Despacho General.-
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