Ordenanza Nº 4731/2012

Agentes encuadrados en el régimen previsto por Ordenanza N° 4168/2010 de jornada de tiempo reducido, revistarán a partir de la promulgación de la presente en el Régimen de la Ley 643

SANTA ROSA (L.P.), 12 DE OCTUBRE DE 2012.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA Sanciona con fuerza de
ORDENANZA Nº 4731/2012

Artículo 1°: Derógase la Ordenanza Nº 4413 mediante la cual se estableció el Régimen de Concursos para el pase a Planta Permanente.-
Artículo 2°: Aquellos agentes que en la actualidad se encuentren encuadrados en el régimen previsto por Ordenanza Nº 4168 de jornada de tiempo reducido, revistarán a partir de la promulgación de la presente, en el Régimen de la Ley 643.
Artículo 3°: Son requisitos para el ingreso a planta permanente en los términos de la presente ordenanza, contar con una antigüedad mínima de seis (6) meses computados al 31 de Diciembre de 2011, estudios primarios culminados a la fecha de promulgación de la presente, certificado de buena conducta expedido por autoridad competente, certificado de libre deuda otorgado por el Registro Provincial de Deudores Alimentarios y edad inferior a los 60 años. Este artículo comprende los regímenes de la Resolución 247, Ordenanza 579 y los agentes contratados por los artículos 3 y 4 de la Ley 643.-
Artículo 4°: Dispónese el pase a planta permanente de los agentes detallados en Anexo I, el que se hará en tres (3) etapas anuales. La primera de ellas se realizará en el corriente año, de acuerdo a la nómina establecida en Anexo II y las restantes en el mes de Septiembre del año 2013 y Septiembre del año 2014.
Artículo 5°: Los ingresos establecidos en el Anexo II se dispondrán de lasiguiente manera:
-Agentes que no pudieron concretar su pase a planta permanente en el año 2007, por no reunir los requisitos solicitados oportunamente.-
-Los restantes 56 agentes, con mayor antigüedad y definidos por cada Secretaría en razón a su legajo e idoneidad.-
Artículo 6°: Los agentes que en la actualidad, por las especiales características de su modalidad de trabajo no se encuentran cumpliendo 30 hs. semanales, y de acuerdo a lo informado no se encontraran en condiciones de realizarla, serán incluidos, a partir de la promulgación de la presente, en los términos de la Ordenanza Nº 4168 de Jornada de Tiempo Reducido.-
Artículo 7°: A los fines de implementar lo dispuesto en el artículo 5°, créanse las siguientes vacantes:
5 vacantes categoría 7
39 vacantes categoría 14
22 vacantes categoría 15
31 vacantes categoría 16 Artículo 8°: Si el interesado no cumplimentara debidamente la documentación en el término de 60 días corridos a partir de la promulgación de la presente, no se efectivizará el pase a planta permanente. Dicho agente podrá ingresar en las próximas etapas siempre y cuando dé cumplimiento en tiempo y forma a los requisitos solicitados en el artículo 3° de la presente ordenanza. El Departamento Ejecutivo reasignará la vacante a otro agente de la misma dependencia en la que preste funciones el citado precedentemente en este artículo, perteneciente a la nómina que como Anexo I forma parte de la presente; e informará al Honorable Concejo Deliberante.-
Artículo 9°: Los ingresos establecidos en el Anexo II serán en forma retroactiva al 1° de Octubre.-
Artículo 10°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
Expte. Nº 182/2007 (HCD) y 5579/2012/1-1 (DE).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL DOCE.
Santa Rosa, 23 de Octubre de 2012.-
Expte. Nº 182/2007/2-1 HCD y 5579/2012/1-1 DE.-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 1107/2012.-
Dr. Luis Larrañaga, Intendente Municipal; As. Soc Miriam Gladys Vallejos, Secretario de Desarrollo Social; Ing. Javier Fernando Schlegel, Secretario de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano; Cr. Miguel Ángel de Elorriaga, Secretario de Hacienda y Abastecimiento; Lic. José Eduardo Sevilla, Secretario de Gobierno y Relaciones Institucionales; Lic. Mauricio Germán Márquez, Secretario de Desarrollo Local; Arq. Miguel Ángel Gracia, Secretario de Cultura, Educación y Gestión Cultural.-
Dirección General de Administración: 23 de Octubre de 2012.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número cuatro mil setecientos treinta y uno (4731/2012).
María Andrea Torales, A/C Despacho General.-

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