Ordenanza Nº 4823/2013
Mano única de circulación obligatoria a las calles M. Viniegras - Carlos Gardel - Convención Provincialista
SANTA ROSA (L.P.), 26 DE ABRIL DE 2013.EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA Sanciona con fuerza de
ORDENANZA Nº 4823/2013
ARTÍCULO 1°: Asígnase mano única de circulación obligatoria en sentido Oeste – Este a la calle Convención Provincialista entre A. Castro y Colectora de Av. Circunvalación Ing. Santiago Marzo (Este).-
ARTÍCULO 2°: Asígnase mano única de circulación obligatoria en sentido Sur – Norte a la calle M. Viniegras entre calles Turdera y S. Perez.-
ARTÍCULO 3°: Asígnase mano única de circulación obligatoria en sentido Sur – Norte a la calle M. Viniegras entre Magaldi y Carlos Gardel.-
ARTÍCULO 4°: Asígnase mano única de circulación obligatoria en sentido Norte – Sur a la calle M. Viniegras entre Convención Provincialista y Carlos Gardel.-
ARTÍCULO 5°: Asígnase mano única de circulación obligatoria en sentido Este – Oeste a la calle Carlos Gardel, entre Colectora de Avda. Circunvalación Santiago Marzo (Este) y Avda. Spinetto.-
ARTÍCULO 6°: El Departamento Ejecutivo procederá a la colocación de los carteles indicadores del sentido de circulación previstos en los artículos precedentes.-
ARTÍCULO 7°: La presente Ordenanza comenzará a regir una vez cumplimentado lo establecido en el artículo 6°.-
ARTÍCULO 8°: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciado – para la actualización de la base de datos correspondiente.
ARTÍCULO 9°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
Expte. Nº 142-1/2011 (HCD).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL TRECE.
Susana Ines Garcia de Vistarop, Secretaria Honorable Concejo Deliberante; Ángel Baraybar, Presidente Honorable Concejo Deliberante.
Santa Rosa, 09 de Mayo de 2013.-
Exptes. N° 142/2011/2-1 HCD y 4075/2011/1-1 DE.-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 473/2013.-
Dr. Luis Larrañaga, Intendente Municipal; Ing. Javier Fernando Schlegel, Secretario de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano.-
Dirección General de Administración: 9 de Mayo de 2013.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número cuatro mil ochocientos veintitrés (4823/2013).
María Andrea Torales, A/C Despacho General.-
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