Ordenanza Nº 5045/2014
Modelo de Convenio de Prestaciones Recíprocas a suscribir entre la Municipalidad de Santa Rosa y la Asociación Club Rucalén
SANTA ROSA (L.P.), 16 DE MAYO DE 2014.EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA Sanciona con fuerza de
ORDENANZA Nº 5045/2014
Artículo 1º: Apruébase en todos sus términos el Modelo de Convenio de Prestaciones Recíprocas a suscribir entre la Municipalidad de Santa Rosa y la Asociación Club Rucalén, respecto de los predios con domicilio en José Muñoz Nº 350, con Referencias Municipal Nº 28.883 y Nº 28.876.
Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.
Expte. Nº 101-1/2014 (HCD) y 3536/2013/1-1 (DE).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL CATORCE.
Fernanda G. Dolsan, Secretaria Honorable Concejo Deliberante; Liliana V. Robledo – Presidenta Honorable Concejo Deliberante.
Santa Rosa, 20 de Mayo de 2014.-
Exptes . N° 101/2014/2-1 HCD y 3 536/2013/1-1 DE.-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 548/2014.-
Dr. Luis Larrañaga, Intendente Municipal; Lic. José Eduardo Sevilla, Secretario de Gobierno y Relaciones Institucionales; Cr. Miguel Angel de Elorriaga, Secretario de Hacienda y Abastecimiento.-
Dirección General de Administración: 20 de Mayo de 2014.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número cinco mil cuarenta y cinco (5045/2014).
María Andrea Torales, A/C Despacho General.-
MODELO DE CONVENIO DE PRESTACIONES RECIPROCAS Entre la Municipalidad de Santa Rosa, representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal Luis A. LARRAÑAGA, D.N.I. Nº 13.956.607, en adelante “LA MUNICIPALIDAD”; y la Asociación Club Rucalén”, representada en esta Acto por su Presidente, Sr. Juan Carlos SCHAMINE, D.N.I. Nº 11.040.771, en adelante “EL CLUB”, todos mayores de edad y capaces para obligarse, convienen en celebrar el presente acuerdo de prestaciones recíprocas, sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: “EL CLUB” realizará prestaciones a “la municipalidad”, para el uso de las instalaciones de la Asociación Club Rucalén, ubicado en la calle José Muñoz nº 350.-
SEGUNDA: Las prestaciones de la instalaciones serán utilizadas por “la Municipalidad” en la ejecución de trabajos comunitarios propios y/o de otras instituciones sociales, educativas y culturales.-
TERCERA: “EL CLUB” se compromete a respetar los programas que organice “la Municipalidad” especialmente a través de la Dirección de Deportes y Recreación, y a continuar con la cesión de las instalaciones y las acciones mancomunadas que se realicen con la instituciones deportivas, educativas, municipales y provinciales.-
CUARTA: El presente convenio comenzará a regir a partir de la fecha de suscripción, y tendrá vigencia por el término de un año, pudiendo prorrogarse automáticamente por períodos iguales, salvo voluntad expresada por las partes manifestadas con una antelación no menos a noventa (90) días.-
QUINTA: Como contraprestación por la utilización de las instalaciones anunciadas en la cláusula primera, “la Municipalidad” exime a “el CLUB” del pago de las tasas por Servicios Sanitarios y Municipales correspondientes a las referencias nº 28883 y nº28876.-
SEXTA: “La Municipalidad”, por cada año de vigencia de este convenio, condonará el período adeudado más antiguo correspondiente a Servicios Sanitarios y Municipales de las siguientes referencias nº 28883 y nº 28876.-
SÉPTIMA: El presente convenio, será elevado con todos sus antecedentes al Honorable Concejo Deliberante para su consideración y aprobación en particular.-
Para todos los efectos administrativos y/o judiciales, si lo hubiere, las partes fijan domicilio: “La Municipalidad” en Avenida San Martín nº 50 y “EL CLUB” en calle José Muñoz nº 350, ambos de la ciudad de Santa Rosa. Las partes se someten en caso de diferendo judicial, a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Santa Rosa, renunciando expresamente a cualquier otro fuero que les pudiera corresponder.-
En prueba de conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Santa Rosa, a los 1 días del mes de Abril de 2014.-
– Los textos incluidos en este sitio web tienen carácter exclusivamente informativo y su difusión no les otorga validez legal. Para obtener información oficial y con pleno valor jurídico, consulte las correspondientes publicaciones en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Santa Rosa. Los textos pueden contener errores u omisiones y se actualizan periódicamente. –