Ordenanza Nº 5136/2014
Creación del Consejo Consultivo Ambiental (CONAM)
Ordenanza N° 5136: Santa Rosa, 16 de Octubre de 2014.El Honorable Concejo Deliberante sanciona con fuerza de Ordenanza.
Artículo 1º: ACEPTASE las modificaciones introducidas por el Departamento Ejecutivo mediante Resolución Nº 1087/2014, a la Ordenanza sancionada con fecha 18 de Septiembre de 2014 relacionada con la CREACION del CONSEJO CONSULTIVO AMBIENTAL (CONAM), cuyo texto ordenado se transcribe:
“Artículo 1º.- OBJETO: Créase el CONSEJO CONSULTIVO AMBIENTAL (CONAM) con el objeto de monitorear la política ambiental de Santa Rosa, proponer normas y acciones, sugerir prioridades y producir discusión de todos los temas de importancia ambiental en la zona de todo el ejido de la ciudad de Santa Rosa.-
Artículo 2º.- COMPOSICION:
Integran el CONAM con voz y voto:
- Tres funcionarios/as designados/as por el/la Intendente/a Municipal.-
- Un/a integrante por de cada Bloque Político del Concejo Deliberante.-
- Un/a integrante de la Universidad Nacional de La Pampa.-
- Un/a integrante de la Sub-Secretaría de Ecología de la Provincia de La Pampa.
- Un/a integrante de la Fundación Chadileuvú.
- Un/a integrante de la Asociación Alihuén.-
- Un/a integrante del colectivo “En Defensa del Arbolado Urbano”.
- Un/a integrante de cada Colegio Profesional (seleccionado por la reglamentación de esta Ordenanza).
- Un/a integrante representante de la Confederación General de Trabajo.
- Un/a integrante de la Cámara de Comercio Industria y Producción de La Pampa.
- Un/a representante de las Comisiones Vecinales elegido por el Consejo Vecinal (Ordenanza Nº 4410).
- Un/a representante de la Cooperativa Popular de Electricidad (C.P.E.).
- Un/a representante de la Cooperativa COOPEPLUS.
- Instituciones o personas que el CONAM resuelva incorporar.
- Un/a representante del Centro de Estudios Ambientales ECO SUR (Personería Jurídica Matrícula Nº 1545 DGSPJ y RCP).
- Un/a representante de la “Unión Industrial de La Pampa (UNILPA).
- Un/a representante de la Secretaría de Recursos Hídricos de la Provincia de La Pampa.-
Las sesiones del CONAM son públicas y están automáticamente invitados a asistir, por esta Ordenanza, todos los vecinos y vecinas de Santa Rosa. Los asistentes por fuera de los ítems 1) a 17) podrán participar de las sesiones, con voz pero sin voto.-
El CONAM podrá decidir la convocatoria a Instituciones y/o personas para que se incorporen a su seno según el inciso 14) del presente artículo, en ese caso el voto de los integrantes debe ser unánime.-
Artículo 3º: INCUMBENCIAS: Las iniciativas legislativas y todas las acciones de importancia ambiental, deberán tener discusión en el seno del CONAM.-
Artículo 4º: FUNCIONAMIENTO: El CONAM deberá reunirse al menos cada 60 días contando con un quórum de la mitad más uno de sus miembros con voto (Art. 2º). Generará su propia agenda de trabajo y su mecanismo de convocatoria.-
Artículo 5º: AUTORIDAD DE APLICACION Y REGLAMENTACION: La Autoridad de Aplicación es la Dirección de Protección Ambiental y Servicios Públicos de la Municipalidad de Santa Rosa, o dependencia que en el futuro la reemplace. Deberá reglamentar la Presente dentro del lapso de treinta (30) días corridos, procediendo a realizar la primera convocatoria a los sesenta (60) días, ambos contados a partir de la fecha de su promulgación.”
Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Expte. N° 43-1/2013 (HCD) y 5125/2014/1-1 (DE).
DADA EN LA SALA DE SESIONES A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL CATORCE.
Fernanda G. Dolsan, Secretaria Honorable Concejo Deliberante; Liliana V. Robledo – Presidenta Honorable Concejo Deliberante.
Santa Rosa, 23 de Octubre de 2014.-
Exptes. N° 43/2013/2-1 HCD y 5125/2014/1-1 DE.-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 1132/2014.-
Dr. Luis Larrañaga, Intendente Municipal; Ing. Daniel Antonio Ucciardello, Secretario de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano.-
Dirección General de Administración: 23 de Octubre de 2014.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número cinco mil ciento treinta y seis (5136/2014).
María Andrea Torales, A/C Despacho General.-
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