Ordenanza Nº 5172/2014
Código Urbanístico de la ciudad de Santa Rosa. Ordenanza Nº 3274/2005, modificación de la Sección 5.7.3.
Santa Rosa, 21 de Noviembre de 2014.El Honorable Concejo Deliberante de la ciudadde Santa Rosa sanciona con fuerza de
Ordenanza N° 5172/2014
Artículo 1º: Modifícase la Sección 5.7.3 Usos del Código Urbanístico de la ciudad de Santa Rosa – Ordenanza Nº 3274/05, la que quedará redactada de la siguiente manera:
“5.7.3 Usos:
En los Corredores tipo 1 se alienta la radicación de usos vinculados al comercio de gran escala y servicios relacionados con el transporte automotor y el turismo.
En los Corredores tipo 2 y 3 los especificados en las planillas específicas de uso según Distritos.
En los Corredores tipo 4, en el tramo a) se permitirá la localización de usos tales como: bares, restaurantes, confiterías, pizzerías, heladerías, hoteles y todos aquellos de índole recreativos y de servicio totalmente compatibles con el uso residencial. En el tramo b) se permitirán además de los anteriores, confiterías bailables y usos de mayor escala vinculados al rubro servicios y recreación: canchas de fútbol, pista de karting, circuito de motos, etc.
En los Corredores tipo 5 tramo a) se permitirán actividades relacionadas con el uso semi industrial, depósitos y servicios de mayor escala o de gran magnitud y en el tramo b) usos semi industriales, productivos y de servicios.
En los Corredores tipo 6 se permitirán actividades comerciales, de servicio y de recreación, vinculadas al uso residencial predominante.
En los Corredores tipo 7 se admitirán solamente usos no residenciales de pequeña escala, totalmente compatibles con el uso residencial predominante.
En los Corredores tipo 8 se admitirá la radicación de comercio minorista de escasa superficie, permitidos en los Distritos R5 y R6 u los usos de tipo recreativos compatibles con el Distrito E6b y R5, excepto confiterías bailables.”
Artículo 2º.- Modifícase la planilla 4.2.1.1, Usos, según Distritos en el ítem Prestaciones de Servicios, que quedará redactado en el Anexo I.
Artículo 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.-
Expte. N° 351-3/2004 (HCD).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS VEINTIÚN DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL CATORCE.
Fernanda G. Dolsan, Secretaria Honorable Concejo Deliberante; Liliana V. Robledo – Presidenta Honorable Concejo Deliberante.
Santa Rosa, 12 de Diciembre de 2014.-
Exptes. N° 351/2004/2-3 HCD y 6392/2014/1-1 DE.-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 1340/2014.-
Dr. Luis Larrañaga, Intendente Municipal; Ing. Daniel Antonio Ucciardello, Secretario de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano.-
Dirección General de Administración: 12 de Diciembre de 2014.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número cinco mil ciento setenta y dos (5172/2014).
Romina Isola, Despacho General.-
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