Los recursos de la Municipalidad de Santa Rosa para el ejercicio 2015

Asígnase sentido único de circulación, al tramo de la calle Bolivia comprendido entre las calles José Ingenieros y Elpidio O. Pérez

SANTA ROSA (L.P.), 16 DE DICIEMBRE DE 2014.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA Sanciona con fuerza de
ORDENANZA Nº 5183/2014

Artículo 1º: Estímase en la suma de PESOS: SEISCIENTOS SETENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS VEINTIDOS MIL SEISCIENTOS CUARENTA ($671.622.640,00) los recursos de la Municipalidad de Santa Rosa para el ejercicio 2015, de acuerdo al detalle que se indica en el Cuadro Nº 1 que forma parte de la presente Ordenanza.
Artículo 2º: Estímase en la suma de PESOS: SEISCIENTOS SETENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS VEINTIDOS MIL SEISCIENTOS CUARENTA ($671.622.640,00) las erogaciones de la Municipalidad de Santa Rosa para el ejercicio 2015, de acuerdo al detalle que se indica en Planilla Nº 2 que forma parte de la presente Ordenanza.
Artículo 3º: Estímase el Balance Financiero Preventivo, según detalle que figura en Planilla Nº 1, que forma parte de la presente Ordenanza.
Artículo 4º: Fíjase en UN MIL NOVECIENTOS SESENTA (1.960) el número de cargos de la planta de personal según el detalle indicado en planilla Nº 3 y Planilla Nº 3 continuación, que forman parte de la presente Ordenanza.
Artículo 5º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a autorizar la ejecución de Obras Públicas bajo el régimen de obras por cuenta de terceros, siempre que previamente hayan sido declaradas de utilidad pública e interés general, mediante la norma correspondiente.
Artículo 6º: Facúltese al Departamento Ejecutivo a no trasladar a las tasas específicas los mayores costos de cada servicio que presta la Municipalidad por administración y/o concesión, cuyas estructuras forman parte de los ANEXOS II, IV y V de la Ordenanza Tarifaria, procediéndose a absorber tales incrementos con otros recursos del presupuesto en la medida que estos lo permitan, siempre que se mantenga el balance financiero preventivo del presupuesto.
Artículo 7º: Las erogaciones a atender con fondos provenientes de recursos y/o financiamiento con destino específico, deberán ajustarse en cuanto a su monto y oportunidad a las cifras realmente asignadas las que no podrán transferirse a ningún otro destino.
Artículo 8º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Expte. Nº 321-1/2014 (HCD) y 5085/2014/1-1 (DE).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL CATORCE.
Fernanda G. Dolsan, Secretaria Honorable Concejo Deliberante; Liliana V. Robledo – Presidenta Honorable Concejo Deliberante.

Santa Rosa, 30 de Diciembre de 2014.-
Exptes. N° 321/2014/2- 1 HCD y 5085/2014/1-1 DE.-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 1407/2013.-
Dr. Luis Larrañaga, Intendente Municipal; Cr. Miguel Angel de Elorriaga, Secretario de Hacienda y Abastecimiento.-
Dirección General de Administración: 30 de Diciembre de 2014.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número cinco mil ciento ochenta y tres (5183/2014).
María Andrea Torales A/C Despacho General.-

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