Régimen de los Automóviles Taxímetros que prestan servicios en la Estación Terminal de Omnibus.
Régimen de los Automóviles Taxímetros que prestan servicios en la Estación Terminal de Omnibus.
ORDENANZA Nº 52/1984 Sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Santa Rosa el día 31 de mayo de 1984.
ARTICULO 1º.- Determínase en veintidós (22) el número de coches taxímetros habilitados para prestar servicios en la Playa de la Estación Terminal de Omnibus de esta ciudad.
ARTICULO 2º.- El Departamento Ejecutivo Municipal designará los titulares de las veintidós licencias indicadas en el artículo 1º pudiendo sustituirlos por otras personas en caso de inconducta notoria o violación de normas legales vigentes.
ARTICULO 3º.- Los veintidós propietarios de taxímetros, designarán un representante, el que asumirá ante la Municipalidad de Santa Rosa la representación de aquéllos, a todos los efectos derivados de la presente Ordenanza y del cumplimiento del servicio público de taxímetros.
ARTICULO 4º.- Concédese a los propietarios de coches taxímetros indicados en el artículo anterior, el uso y goce de la playa de estacionamiento de la Estación Terminal, con superficie de 629,40 metros cuadrados, y la oficina sita en la misma dependencia, con superficie cubierta de 8,40 metros cuadrados.
ARTICULO 5º.- La Ordenanza Impositiva anual, determinará el canon que abonarán los propietarios de taxímetros por el uso y goce que indica el artículo 1º.
ARTICULO 6º.- El Honorable Concejo Deliberante de Santa Rosa podrá dejar sin efecto la concesión de uso y goce a que se refiere esta Ordenanza, en cualquier momento, con o sin aviso previo a los propietarios de taxímetros.
ARTICULO 7º.- Sin perjuicio de lo establecido por el artículo anterior, el Concejo podrá dejar sin efecto la concesión, cuando los inmuebles concedidos fueren afectados a fines o actividades ajenas al servicio público de coches taxímetros, si los mismos fueren utilizados por personas no autorizadas por el Departamento Ejecutivo, o cuando se deteriorare la planta física de los inmuebles por culpa o negligencia de los concesionarios.
ARTICULO 8º.- Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo, y cumplido: Archívese.
Maria Teresa R. DE MAYER Nestor Mario BOSIO
Secretaria Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
– Los textos incluidos en este sitio web tienen carácter exclusivamente informativo y su difusión no les otorga validez legal. Para obtener información oficial y con pleno valor jurídico, consulte las correspondientes publicaciones en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Santa Rosa. Los textos pueden contener errores u omisiones y se actualizan periódicamente. –