Ordenanza Nº 5246/2015
Desaféctase como Espacio Verde el inmueble de Dominio Público Municipal, donado oportunamente a la Asociación de Padres PRO Edificio para el Colegio Santo Tomás de Santa Rosa
SANTA ROSA (L.P.), 22 DE MAYO DE 2015.EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA Sanciona con fuerza de
ORDENANZA N° 5246/2015
Artículo 1º: Modifícase la Ordenanza Nº 5240/2015 la cual quedará redactada de la siguiente manera:
Artículo 1º: Desaféctase como Espacio Verde el inmueble de Dominio Público Municipal, identificado catastralmente como: Ej. 047-Circ. III-Rad. J-Mza. 33-Parc. 4-Partida Nº 781.191, que fuere donado oportunamente a la Asociación de Padres PRO Edificio para el Colegio Santo Tomás de Santa Rosa, Personería Jurídica Matrícula Nº 2043 (Res. Nº 120/11 DGSPJ y RPC), mediante Ordenanza Nº 4506/11, con fecha 25 de noviembre de 2011, en función a las constancias obrantes en el Expte Nº 6953/2011/1-1 (D.E)
Artículo 2º: El plazo de cinco (5) años estipulado en el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 4506/11, en virtud de las circunstancias expuestas en las actuaciones respectivas, comenzarán a regir a partir de la promulgación de la Presente.-
Artículo 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a llevar a cabo toda diligencia de trámite que resulte necesaria a los fines mencionados en el Artículo 1º, y a los requeridos por Ordenanza Nº 4506/11, y que conforme lo establece el Artículo 1810 del Código Civil se giren las presentes actuaciones al Registro de la Propiedad Inmueble para que, con las constancias administrativas, proceda a realizar la inscripción correspondiente.”
Artículo 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.
Expte. N° 107-1/2011 (HCD).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL QUINCE.
Fernanda G. Dolsan, Secretaria Honorable Concejo Deliberante; Liliana V. Robledo – Presidenta Honorable Concejo Deliberante.
Santa Rosa, 27 de Mayo de 2015.-
Exptes. N° 107/20 11/2- 1 HCD y 69 53/2011/1-1 DE.-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 5 94/2015.-
Dr. Luis Larrañaga, Intendente Municipal; Ing. Daniel Antonio Ucciardello, Secretario de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano; Lic. José Eduardo Sevilla, Secretario de Gobierno y Relaciones Institucionales.-
Dirección General de Administración: 27 de mayo de 2015.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número cinco mil doscientos cuarenta y seis (5246/2015).
María Andrea Torales A/C, Despacho General.-
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