Ordenanza Nº 5255/2015
Concédese la excepción solicitada por el Club Social y Deportivo GENERAL SAN MARTÍN. DÉJASE SIN EFECTO LA EXCEPCIÓN CONCEDIDA, MEDIANTE LA ORDENANZA N° 6546/2021
SANTA ROSA (L.P.), 4 DE JUNIO DE 2015.EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA Sanciona con fuerza de
ORDENANZA Nº 5255/2015
Artículo 1º.- Concédese la excepción solicitada por el Club Social y Deportivo “GENERAL SAN MARTÍN” a las normas contenidas en la Ordenanza Nº 3274/2005 -Código Urbanístico de la ciudad de Santa Rosa-, a el inmueble de propiedad designado catastralmente como Ejido 047, Circunscripción III- Radio e- Manzana 21- Parcela 1, respecto a lo establecido en la planilla 4.2.1.1.-Planilla de usos según distrito, en el subtítulo culto, recreación y cultura, en el item club de deportes para el funcionamiento de cancha de fútbol.
Artículo 2º.- El Departamento Ejecutivo deberá firmar un Convenio con la Institución mencionada, con la finalidad de poder utilizar todas las instalaciones del Club, en actividades deportivas y recreativas que desarrolle la Municipalidad de Santa Rosa. La excepción descripta en el Artículo 1º de la Presente, tendrá validez mientras tenga vigencia el Convenio.
Artículo 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Expte. Nº 7-1/2014 (HCD).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL QUINCE.
Fernanda G. Dolsan, Secretaria Honorable Concejo Deliberante; Liliana V. Robledo – Presidenta Honorable Concejo Deliberante.
Santa Rosa, 18 de junio de 2015.-
Exptes. N° 7/2014/2-1 HCD y 5530/1997/1-1 DE.-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 720/2015.-
Dr. Luis Larrañaga, Intendente Municipal; Ing. Daniel Antonio Ucciardello, Secretario de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano; Lic. José Eduardo Sevilla, Secretario de Gobierno y Relaciones Institucionales.-
Dirección General de Administración: 18 de junio de 2015.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número cinco mil doscientos cincuenta y cinco (5255/2015).
Maite Sosa, Despacho General.-
– Los textos incluidos en este sitio web tienen carácter exclusivamente informativo y su difusión no les otorga validez legal. Para obtener información oficial y con pleno valor jurídico, consulte las correspondientes publicaciones en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Santa Rosa. Los textos pueden contener errores u omisiones y se actualizan periódicamente. –