Ordenanza Nº 5414/2016
Prohibición de arrojar basura y desperdicios en todo el ejido de la ciudad de Santa Rosa
SANTA ROSA (L.P.), 21 DE ABRIL DE 2016.EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA sanciona con fuerza de
ORDENANZA N° 5414/2016
Artículo 1º: Prohíbese arrojar basura y desperdicios en todo el Ejido de la ciudad de Santa Rosa.
Artículo 2º: Exceptúase de lo dispuesto en el artículo anterior, a aquellos lugares autorizados y destinados a tal fin.
Artículo 3º: El incumplimiento será penalizado de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Tarifaria Vigente. Asimismo,
dispónese el secuestro del vehículo y /o medio de movilidad que se utilizare para cometer la infracción que establece el artículo 1º, dando inmediata intervención al Juzgado de Faltas.
Artículo 4º: El Departamento Ejecutivo, deberá colocar carteles en la vía Pública, indicando los lugares habilitados para arrojar basura y desperdicios.
Artículo 5º: Modifícase el Anexo I de la Ordenanza Tarifaria Vigente en el Capítulo 18, Artículo 002, Par. 16, el que quedará redactado de la siguiente manera:
- “El arrojo de basura, desperdicios, desechos o escombros en la vía pública, baldíos o fincas, con multa de 50
a 10.000 UF”.
Artículo 6º: Derógase la Ordenanza Nº 4052/2009.
Artículo 7°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Expte. N° 71-1/2016 y 151-3/2008 (HCD).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS VEINTIÚN DÍAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL DIECISEIS.
María Cecilia Roigé, Secretaria Honorable Concejo Deliberante; Jorge Domínguez, Presidente Honorable Concejo Deliberante.
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