ORDENANZA N° 5544/2016
Donación al Gobierno de la Provincia de La Pampa de una porción de inmueble
Santa Rosa (L.P.), 17 de Noviembre de 2016.
Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Santa Rosa.
Artículo 1º: Dónase al Gobierno de la Provincia de La Pampa, una porción del Inmueble identificado catastralmente como Ejido 047, Circ. III, Ch. 25, Parc. 7, Ref. Municipal Nº 35516, Partida Nº 730038 identificado con la letra “A”, en el croquis de ubicación que como Anexo I forma parte de la presente, para la construcción de una escuela en la ciudad de Santa Rosa, y se cede la superficie que corresponda a calle a continuación de la calle UNANUE.
Artículo 2º: La parcela objeto de la donación referida en el artículo precedente, será la que surja oportunamente del plano de mensura y subdivisión correspondiente, las medidas aproximadas de las mismas son de 130 mts x 47,50 mts.
Artículo 3º: El Gobierno de la Provincia de La Pampa, se hará cargo de todos los gastos que generen los trámites de mensura y subdivisión y de escrituración del inmueble que será donado y cuya descripción surgirá del plano respectivo, como asi también de la apertura de calle cedida y la ejecución de cordón cuneta de la misma. Aprobado que sea el plano de mensura y subdivisión se concretará la donación en cuestión.
Artículo 4º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar todas las gestiones y/o tramitaciones que sean necesarias a los fines de la donación respectiva y en el marco de lo establecido en el Artículo 1553° del Código Civil y Comercial de la Nación.
Artículo 5º: De no llevarse a cabo la ejecución de la obra destinada a la construcción de una escuela por parte del donatario, en un plazo de 2 años, será causal suficiente para que la Municipalidad ejerza el derecho de revocación de la presente donación.
Artículo 5°.- De no llevarse a cabo la ejecución de la obra destinada a la construcción de una escuela por parte del donatario, en un plazo anterior al 1º de Septiembre de 2024, será causal suficiente para que la Municipalidad ejerza el derecho de revocación de la presente donación.
Artículo 6°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Expte. Nº 260/2016-1 (HCD) y 67/2014/1-1 (D.E); 909/2016/1-1 (DE).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISEIS.
Roigé, María Cecilia – Secretaria Honorable Concejo Deliberante; Domínguez, Jorge – Presidente Honorable Concejo Deliberante.

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