ORDENANZA Nº 6257/2019

Donación a la Asociación del Personal del Personal de la Universidad Nacional de La Pampa "APULP", de una porción de terreno

SANTA ROSA (L.P.), 08 DE NOVIEMBRE DE 2019.

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA.

Artículo 1º: Dónase a la Asociación del Personal del Personal de la Universidad Nacional de La Pampa “APULP”, Personería Gremial Nº 253/07, UNA (1) porción de terreno denominado catastralmente como Ejido 047, Circunscripción I, Radio j, Manzana 077, Parcela 1, Partida Nº 624.538, Referencia Nº 11.468, cuyo croquis de ubicación forma parte de la presente como Anexo I, identificado como “A”, para la construcción de un Salón de Usos Múltiples, destinado a promover actividades educativas, sociales, culturales y recreativas. Y Ejido 047- Circunscripción I- Radio J- Manzana 98B- Parcela 1, Nº de Partida 547.149 y Nº de Referencia 16676, de acuerdo a documentación obrante a fs. 25, 26, 27 y 28 del Expte. N° 249/2018-1(HCD), para la construcción de la sede.

Artículo 2°: Finalizado el proyecto de mensura, la Asociación del Personal de la Universidad Nacional de La Pampa “APULP”, se hará cargo de la escrituración del inmueble a su favor, corriendo con los gastos de la tramitación de dominio.

Artículo 3°: Se impone al donatario el cumplimiento de la carga de permitir el uso en forma gratuita de las instalaciones a construir, para el desarrollo de actividades comunitarias, en la forma y condiciones estipuladas en el convenio de uso que como Anexo II forma parte de la presente; y dar comienzo en el plazo de Cinco (5) años, a partir de la promulgación de la presente, a los trabajos para la construcción de su sede . En la escritura traslativa de domino deberá constar explícitamente el cargo impuesto por la presente.

Artículo 4º: El no cumplimiento de cualquiera de las imposiciones contenidas en la presente, como así también el cambio en el destino o la disolución de la Asociación del Personal de la Universidad Nacional de La Pampa “APULP”, será causal suficiente para que la Municipalidad de Santa Rosa ejerza el derecho de reversión de la presente donación.

Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.

Expte. Nº 166-1/2019 (HCD).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE.
Roigé, María Cecilia – Secretaria Honorable Concejo Deliberante; Domínguez, Jorge – Presidente Honorable Concejo Deliberante.

ANEXO II

En la ciudad de Santa Rosa, a los …… días del mes de ….. del año 2019, entre la Municipalidad de Santa Rosa, representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal Ingeniero. Leandro Martín ALTOLAGUIRRE, en adelante “La Municipalidad” por una parte, y por la otra la Asociación del Personal del Personal de la Universidad Nacional de La Pampa “APULP”, Personería Gremial Nº 253/07, representado en este acto por el/la Sr/a …………….. DNI ………. En adelante “El Donatario”, convienen celebrar el presente CONVENIO DE USO, sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: EL DONATARIO se compromete a permitir el uso de las instalaciones construidas sobre el terreno donado por LA MUNICIPALIDAD, para ser utilizado en el desarrollo de actividades comunitarias propias del barrio, las que deberán programarse y comunicarse con una anticipación no menor a 72 horas, para ser coordinadas con las que desarrolle el donatario que prestará conformidad.

SEGUNDO: EL DONATARIO se compromete a permitir a LA MUNICIPALIDAD, la utilización de las instalaciones construidas sobre el terreno donado, para el desarrollo de actividades institucionales y comunitarias propias de LA MUNICIPALIDAD y/o las que ejecuten en forma conjunta con Comisiones Vecinales, las que deberán programarse y comunicarse con una anticipación no menor a 72 horas, para ser coordinadas con las que desarrolle el donatario que prestará conformidad.

TERCERA: Para todos los efectos legales a los que pudiera dar lugar el presente convenio, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de esta ciudad, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponderle, y constituyen domicilios especiales: LA MUNICIPALIDAD en Avenida San Martín Nº 50 y EL DONATARIO en calle …………………….. ambos de la ciudad de Santa Rosa.

Los textos incluidos en este sitio web tienen carácter exclusivamente informativo y su difusión no les otorga validez legal. Para obtener información oficial y con pleno valor jurídico, consulte las correspondientes publicaciones en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Santa Rosa. Los textos pueden contener errores u omisiones y se actualizan periódicamente.

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