ORDENANZA Nº 6307/2020

Ampliación de la emergencia pública en materia sanitaria

Santa Rosa (L.P.), 17 de Marzo de 2020.

Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Santa Rosa.

Artículo 1º: Amplíase la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ordenanza Nº 6285/19, facultando al Departamento Ejecutivo a tomar medidas en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación con el coronavirus (COVID – 19) por el plazo de un (1) año, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, el que podrá ser prorrogado en caso de persistir la situación epidemiológica.

Artículo 2º: Adhiérase en todos sus términos a la Resolución Nº 2020-207 APN-MT del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación; o la que en futuro la reemplace.

Artículo 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a adherir a las diferentes normativas Provinciales y/o Nacionales en relación a el coronavirus (COVID – 19).

Artículo 4º: Facúltase a las áreas pertinentes del Departamento Ejecutivo a la adquisición de bienes de capital, bienes de consumo, servicios y a contratar las obras necesarias y pertinentes destinadas a paliar los efectos de la enfermedad epidémica coronavirus (COVID – 19) y a encuadrar y resolver las contrataciones pertinentes en los procedimientos previstos en el Artículo 34, inciso c), subinciso 1) de la Ley Provincial de Contabilidad Nº 3 y el Artículo 9º, inciso c), de la Ley General de Obras Públicas Nº 38.

Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.

Expte. Nº 123/2015-1 (H.C.D.) y 4023/2015/1-1 (D.E.).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL VEINTE.
GARCIA, Alfredo E., Secretario Honorable Concejo Deliberante; Dra. GROTTO, Paula V., Presidenta Honorable Concejo Deliberante.

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