Ordenanza Nº 6590/21:

Modificación del Artículo 33º de la Ordenanza 4422/2011, sobre la política mortuoria de la ciudad

Santa Rosa, 14 de Octubre de 2021.

El Honorable Concejo Deliberante sanciona con fuerza de Ordenanza.


Artículo 1º.- Modifícase el Artículo 33º de la Ordenanza 4422/2011 el que quedará redactado de la siguiente forma:
“Artículo 33.- Los nichos municipales se arrendarán bajo condición de su ocupación inmediata, por el siguiente plazo:
1) Los nichos para ataúd, por el término de CINCO (5) años, renovable por igual plazo por un único período sucesivo, previa solicitud del responsable.
Transcurridos los CINCO (5) o DIEZ (10) años, según sea el caso, de la introducción al nicho, el ataúd se pondrá a disposición de los responsables para optar por su cremación o inhumación en tierra.
2) Los nichos de restos mortuorios y cenizas por el término de UN (1) año renovables indefinidamente, previo pago de los derechos que fije la Ordenanza Tarifaria.”
Artículo 2°.- Modifícase el Artículo 76 bis de la Ordenanza 4422/2011 el que quedará redactado de la siguiente forma:
“Artículo 76 bis.- La autoridad de aplicación autorizará la cremación de los cadáveres provenientes de nichos de cementerios locales y/o la inhumación en tierra, cuando la persona peticionante renuncie previamente al arrendamiento del nicho para su efectiva devolución a la autoridad de aplicación, condonándose la deuda preexistente con la Municipalidad si existiere; bonificándose el costo de cremación o inhumación del cuerpo a tierra según sea el caso, de acuerdo a lo estipulado en la Ordenanza Tarifaria vigente.”
Artículo 3°.- La condonación establecida en el Artículo 76 bis de la Ordenanza 4422/2011 tendrá vigencia hasta el 31/12/2022, pudiendo el Departamento Ejecutivo prorrogarla hasta el 31/12/2023.
Artículo 4°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.

Expte. N° 175/2010- 1 (HCD).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTIUNO.
GARCIA Alfredo E., Secretario Honorable Concejo Deliberante; Dra. GROTTO Paula V., Presidenta Honorable Concejo Deliberante.

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