Ordenanza Nº 6626/21:
Excepciones a la aplicación de ordenanzas vinculadas a la regulación del transporte escolar y del servicio de transporte público
Santa Rosa, 20 de Diciembre de 2021.
El Honorable Concejo Deliberante sanciona con fuerza de Ordenanza.
Artículo 1º.- Exceptúese de la aplicación del Artículo 7º inciso c) en lo que respecta a la antigüedad del vehículo, de la Ordenanza Nº 5543/2016 y sus modificatorias, ”Regulación del Servicio de Transporte Escolar en el Éjido de la Ciudad”, a los vehículos que se encuentren habilitados al 31 de diciembre de 2021, los cuales podrán continuar prestando servicio correspondiente hasta el 31 de diciembre de 2022.
Artículo 2º.- Exceptúese de la aplicación del Artículo 8º inciso c) en lo que respecta a la antigüedad del vehículo, de la Ordenanza Nº 5560/2016 y sus modificatorias,”Regulación del Servicio de Transporte Público para Personas con Discapacidad”, a los vehículos que se encuentren habilitados al 31 de diciembre de 2021, los cuales podrán continuar prestando servicio correspondiente hasta el 31 de diciembre de 2022.
Artículo 3º.-Exceptúese de la aplicación del Artículo 7º inciso b) de la Ordenanza Nº 2209/1998 y sus modificatorias,”Servicio de Pasajeros – Transporte individual de Personas Remises”, a los vehículos que se encuentren habilitados al 31 de diciembre de 2021, los cuales podrán continuar prestando servicio correspondiente hasta el 31 de diciembre de 2022.
Artículo 4º.- Exceptúese de la aplicación del Artículo 9º inciso e) de la Ordenanza Nº 4226/2010 y sus modificatorias,”Servicio de Transporte Público de Pasajeros – Coches Taxímetros”, a los vehículos que se encuentren habilitados al 31 de diciembre de 2021, los cuales podrán continuar prestando servicio correspondiente hasta el 31 de diciembre de 2022.
Artículo 5º.- Una vez cumplida la fecha de prórroga establecida en los artículos que preceden, no se otorgaran más plazos, debiendo las unidades de los servicios de transporte por automotor ajustarse a la antigüedad exigida en las normas que los regula según corresponda.
Artículo 6 °.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.
Expte. N° 132/2013-1 (C.D.) y Expte. N° 4461/2021/1-1 (D.E.).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO.
GARCIA Alfredo E., Secretario Honorable Concejo Deliberante; Dra. GROTTO Paula V., Presidenta Honorable Concejo Deliberante.
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