Ordenanza N° 6650/22:

Tasa del servicio de transporte urbano de colectivo de pasajeros. DEROGADA

DEROGADA POR LA ORDENANZA N° 6724/22

Santa Rosa, 30 de Diciembre de 2021.


El Honorable Concejo Deliberante sanciona con fuerza de Ordenanza.


Artículo 1°.- Fíjase el precio de la tasa del servicio de transporte urbano de colectivo de pasajeros (boleto) en la suma de PESOS CINCUENTA Y CUATRO CON SESENTA CENTAVOS ($ 54,60).
Artículo 2°.- Determínase el valor del boleto para escolares, alumnos que cursen estudios universitarios y/o terciarios, jubilados y pensionados que perciben haberes mínimos y excombatientes de Malvinas en PESOS VEINTISIETE CON TREINTA CENTAVOS ($ 27,30).
Artículo 3°.- Dispónese subsidiar las tarifas previstas en el Artículo 1° y 2° de la presente:
a) Boleto categoría general del Servicio Público de Transporte de Colectivos Urbanos de la ciudad de Santa Rosa en el valor de SESENTA CENTAVOS ($0,60);
b) Boleto a jubilados y pensionados con haber mínimo y excombatientes de Malvinas del Servicio Público de Transporte de Colectivos Urbanos de la ciudad de Santa Rosa en el valor de PESO UNO CON OCHENTA CENTAVOS ($1,80).
c) Boleto a estudiantes de los niveles educativos inicial, primarios, secundarios y superior del Servicio Público de Transporte de Colectivos Urbanos de la ciudad de Santa Rosa en un CIEN POR CIENTO (100%) del valor estipulado.
Artículo 4°.- Los alcances de los artículos 1°, 2° y 3° entrarán en vigencia a partir de la implementación del nuevo cuadro tarifario en el SISTEMA ÚNICO DE BOLETO ELECTRÓNICO (SUBE).
Artículo 5°.- Prorrógase la vigencia de lo establecido en la Ordenanza N° 6562/2021, hasta tanto se de cumplimiento a lo fijado en el artículo precedente.
Artículo 6°.- Derógase la Ordenanza N° 5115/2014.
Artículo 7°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.

Expte. N° 158/2010-3 (H.C.D.) y Expte. N° 1306/2020/1-1 (DE).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO.
GARCIA Alfredo E., Secretario Honorable Concejo Deliberante; Dra. GROTTO Paula V., Presidenta Honorable Concejo Deliberante.

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