Ordenanza Nº 6886/23

Otorgamiento de un crédito destinado a financiar el proyecto productivo “MEDICINA ESTETICA”, en el marco de la Ordenanza Nº 5356/2016 de adhesión a la Ley Provincial Nº 2780 de Promoción Económica

SANTA ROSA (L.P.), 23 DE JUNIO DE 2023.

El Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Santa Rosa sanciona con fuerza de Ordenanza.

Artículo 1º.- APRUÉBASE el otorgamiento de un crédito de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS MIL ($ 1.600.000,00), a la Señora María Valentina RUDOLFF CASTELL, D.N.I. Nº 31.134.773, CUIT Nº 27-31134773-5, con domicilio comercial en calle Hilario Lagos Nº 344 1º D, de esta Ciudad, destinado a financiar el proyecto productivo “MEDICINA ESTETICA”, cuyo fin es la adquisición de equipamiento específico de la actividad en el marco de la Ordenanza Nº 5356/2016 de adhesión a la Ley Provincial Nº 2780 de Promoción Económica, reglamentada por el Decreto Provincial N° 266/16 y la Resolución Municipal Nº 683/2021, en cumplimiento del artículo 36, inciso 42, de la Ley Provincial Nº 1597 y lo dispuesto en la presente Ordenanza.

Artículo 2º.- El préstamo será reintegrado en SESENTA (60) cuotas mensuales y consecutivas, en un plazo de CINCO (5) años, con un período de gracia de DOCE (12) meses.

Artículo 3º.- La tasa de interés que se aplicará será con una TASA DEFINITIVA fija nominal del DIEZ POR CIENTO (10%) .

Artículo 4º.- El préstamo otorgado, se respaldará con garantía personal cuyo fiador es el señor Franco Mariano SAINI DNI Nº 28.401.543, CUIL N.º 20-28401543-7 agente profesional del Gobierno Provincial.

Artículo 5º.- El recupero del préstamo otorgado se garantiza al Gobierno de la Provincia de La Pampa, con los fondos correspondientes a la coparticipación que corresponda al Municipio.

Artículo 6º.- El Departamento Ejecutivo deberá remitir a través del área correspondiente, informe trimestral al Honorable Concejo Deliberante sobre el cumplimiento del pago de las cuotas.

Artículo 7º.- Las imputaciones correspondientes al presente préstamo serán realizadas por el Departamento Ejecutivo Municipal en las partidas presupuestarias creadas al efecto.

Artículo 8º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.

Expte. Nº 93/2023-1 (CD) y Expte. Nº 1836/2023/1-1 (DE).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL VEINTITRES.

Alfredo E. GARCÍA, Secretario Honorable Concejo Deliberante; Abogada Paula V. GROTTO, Presidenta Honorable Concejo Deliberante.

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