Ordenanza Nº 6908/23
Obra de gas natural en calles ACONCAGUA, SUIPACHA Sebastián JUNCO y USPALLATA
SANTA ROSA (L.P.), 27 DE JULIO DE 2023.
El Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Santa Rosa sanciona con fuerza de Ordenanza.
Artículo 1º.- Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle ACONCAGUA, vereda Sur, desde punto de empalme hasta SUIPACHA, SUIPACHA, vereda Este entre ACONCAGUA y Sebastián JUNCO, USPALLATA, vereda Oeste, entre ACONCAGUA y Sebastián JUNCO, Sebastián JUNCO, vereda Norte, entre USPALLATA y SUIPACHA, incluye cruce por USPALLATA, CUATROCIENTOS VEINTE (420) metros, de esta ciudad, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrante en el Expediente Nº 228/2023/1-1 (DE).
Artículo 2º.- Autorízase, la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la presente Ordenanza, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A.-
Artículo 3º.- La obra será financiada y ejecutada por la Empresa AINA S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.
Artículo 4º.- La Empresa AINA S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con SETENTA Y DOS (72) horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros.
Artículo 5º.-Se deja constancia que previo a iniciar los trabajos respectivos, la Dirección de Obras, Arquitectura y Mantenimiento o dependencia que en el futuro la reemplace, como autoridad de aplicación, deberá verificar el cumplimiento de todos los requisitos establecidos en la normativa vigente en la materia, entre ellos la constitución de seguro de responsabilidad civil, establecido en el artículo 15º de la Ordenanza Nº 2486/1999.
Artículo 6º.- Comuníquese al S.I.G, Sistema de Información Georeferenciado, para la actualización de la base datos correspondientes.
Artículo 7º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Expte. Nº 123/2023-1 (CD) y Expte. Nº 228/2023/1-1 (DE).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL VEINTITRES.
Alfredo E. GARCÍA, Secretario Honorable Concejo Deliberante; Abogada Paula V. GROTTO, Presidenta Honorable Concejo Deliberante.
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