Ordenanza Nº 6981/23
DEROGADA. Tasa del servicio de transporte urbano de colectivo de pasajeros.
DEROGADA POR LA ORDENANZA N° 7012/2024
Santa Rosa (L.P.), 30 de noviembre de 2023.
El Honorable Concejo Deliberante sanciona con fuerza de Ordenanza.
Artículo 1º.- Fíjase el precio de la tasa del servicio de transporte urbano de colectivo de pasajeros (boleto) en la suma de PESOS CIENTO NOVENTA ($ 190,00).
Artículo 2º.- Determínase el valor del boleto para escolares, alumnos que cursen estudios universitarios y/o terciarios, jubilados y pensionados que perciben haberes mínimos y excombatientes de Malvinas, en PESOS NOVENTA Y CINCO ($ 95,00).
Artículo 3º.- Dispónese subsidiar las tarifas a estudiantes de los niveles educativos inicial, primario, secundario y superior del Servicios Público de Transporte de Colectivos Urbanos de la ciudad de Santa Rosa en UN CIEN POR CIENTO (100 %) del valor estipulado.
Artículo 4º.- Déjase establecido que los alcances de los Artículos 1º, 2º y 3º entrarán en vigencia a partir de la implementación del nuevo cuadro tarifario en el SISTEMA ÚNICO DE BOLETO ELECTRÓNICO (SUBE).
Artículo 5º.- Derógase la Ordenanza Nº 6884/2023 a partir de la implementación de lo dispuesto en el artículo 4º de la presente Ordenanza.
Artículo 6º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Expte. Nº 158/2010-3 (CD) y Expte. Nº 1306/2020/1-2 (DE).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS.
GARCÍA Alfredo E., Secretario Honorable Concejo Deliberante; Abog. GROTTO Paula V., Presidenta Honorable Concejo Deliberante.
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