ORDENANZA Nº 7053/2024
Donación al señor Rubén Omar RIVERO de la franja de terreno desafectada del dominio público municipal, mediante la Ordenanza Nº 6686/2022
SANTA ROSA (L.P.), 15 DE AGOSTO DE 2024.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA.
Artículo 1º.- Dónase al señor Rubén Omar RIVERO, DNI Nº M7.364.537, la franja de terreno desafectada del dominio público municipal, mediante la Ordenanza Nº 6686/2022, de OCHO (8) metros de ancho, identificada catastralmente como: Ejido 047, Circunscripción II, Radio “b”, Manzana 50, Parcela 8, Referencia Municipal Nº 57.471, Partida Provincial Nº 817.497, con una superficie de OCHOCIENTOS m² (800 m²), propiedad de la Municipalidad de Santa Rosa, cedida al frente de los inmuebles cuya nomenclatura catastral es: Ejido 047, Circunscripción II, Radio “b”, Manzana 50, Parcelas 2 y 3, Referencias Municipales Nº 27.896 y 27.897 respectivamente, ello en compensación a la franja de terreno paralela cedida por los señores René RIVERO, DNI Nº 33.044.226 y Silvano RIVERO DNI Nº 32.046.338, mediante Plano Registrado Nº 46018, Tº 464, Fº 124, correspondiente a la Manzana 51, Parcela 11, con un ancho de OCHO (8) metros para completar el ancho previsto con destino a calle pública, inscripta como tal a través de la Resolución Nº 1298/2023, lo que beneficia al trazado y circulación vehicular de la misma y a fin de regularizar la situación dominial respectiva y en virtud de lo establecido en la Ordenanza Nº 6686/2022 y de la Resolución Nº 1298/2023, dictada a consecuencia de la primera.
Artículo 2º.- Ratifícase lo dispuesto mediante la Ordenanza Nº 6686/2022 y la Resolución Nº 1298/2023.
Artículo 3º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar toda diligencia que sea necesaria a los fines de la regularización dominial involucrada.
Artículo 4º.- El señor Rubén Omar RIVERO deberá proceder conforme a lo establecido en el Artículo 3º de la Resolución Nº 1298/2023: “Completado el trámite de inscripción descripto en el Artículo 1º de la presente, Rubén Omar RIVERO deberá efectuar los trámites de escrituración a su cargo de la parcela o a los fines de la unificación con las parcelas 2 y 3”.
Artículo 5º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Expte. Nº 66/2022-1 (CD) Expte. Nº 3249/2021/1-1 (DE).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICUATRO.
Jorge E. RODRÍGUEZ, Secretario Honorable Concejo Deliberante; Romina MONTES DE OCA, Presidenta Honorable Concejo Deliberante.
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