Proyecto de Comunicación sobre Donación de Espacios Verdes

Es vocación de este bloque restaurar los procesos de legalidad respecto de las desafectaciones de bienes de dominio público del Estado Municipal, entiende oportuno presentar este proyecto de comunicación

El Bloque de PJ, a través del concejal Juan Mecca, ha presentado un proyecto de comunicación para que el Ejecutivo informe sobre la donación de terrenos afectados como Espacio Verdes que hubo en el período de octubre a diciembre de 2011, durante el gobierno del FrePam. Se desprende de notas periodísticas que no se ha dado estricto cumplimiento a los requerimientos del Artículo 2.2.3 del Título II de la Ordenanza nº 3274/05, denominada “Código Urbanístico de la Ciudad de Santa Rosa”. Verificadas y puestas en contralor una serie de ordenanzas, de la compulsa se advierte la entrega de inmuebles de dominio público de los vecinos de Santa Rosa a Asociaciones Civiles. Sin embargo algunos inmuebles se han donado a empresas comerciales o educativas privadas cuyo objeto societario no responde a necesidades sociales sino restringidas a grupos reducidos de personas; por lo tanto sería necesario identificar -acorde a la ordenanza n° 3274/05- los inmuebles que recibiera en permuta la Municipalidad de Santa Rosa.
FUNDAMENTO:
Que atentos a las publicaciones periodísticas que informan a la comunidad sobre situaciones consumadas en los últimos meses del año 2011 referidas a la entrega de inmuebles de propiedad del Municipio de Santa Rosa.
Que advierten los medios de información que en este último mes se habrían efectuado numerosas donaciones de inmuebles con afectación a Espacios Verdes en contravención con lo estipulado en el Código Urbanístico de nuestra localidad.
Que, a pesar de que este Honorable Concejo Deliberante se encuentra habilitado para efectuar donaciones de terrenos del ejido urbano, la referida normativa establece un procedimiento diferenciado cuando se tratare de inmuebles destinados específicamente como Espacios Verdes en virtud del cargo que pesa sobre ellos.
Que, específicamente indica que “El destino de las áreas verdes y libres públicas constituidas como bienes del dominio público del Estado Nacional, Provincial y/o Municipal no podrán desafectarse para ser transferidas parcial o totalmente a entidades o personas privadas, salvo el caso de permuta por otros bienes de similares características que permitan satisfacer de mejor forma el destino establecido”.
Que se ha tomado conocimiento de la sanción de las Ordenanzas nº 4506, 4507, 4509, 4510, 4511, 4512, 4513, 4520, 4524 y 4525, todas ellas sancionadas el día 24 de Noviembre de 2011. Que, asimismo, se han sancionado las Ordenanzas nº 4530, 4531, 4534, 4535 y 4536, todas ellas sancionadas el día 1 de Diciembre de 2011.
Que, de la compulsa de las referidas Ordenanzas, se advierte la entrega de inmuebles de dominio público de los vecinos de Santa Rosa a Asociaciones Civiles. Sin embargo algunos inmuebles se han donado a empresas comerciales o educativas privadas cuyo objeto societario no responde a necesidades sociales sino restringidas a grupos reducidos de personas.
Que, finalmente, los beneficiarios de las referidas donaciones constituyen legalmente personas jurídicas privadas contempladas en la norma antes mencionada.
Que, por lo tanto, las transferencias de inmuebles del dominio público del Estado Municipal únicamente se debieron efectuar mediante actos jurídicos de permuta, es decir, el intercambio de bienes inmuebles entre ambos sujetos.
Que es claro que no existe norma jurídica de ninguna naturaleza que autorice o avale actos administrativos en contrario a lo regulado por el Código Urbanístico.
Que, siendo vocación de este bloque restaurar los procesos de legalidad respecto de las desafectaciones de bienes de dominio público del Estado Municipal, entiende oportuno presentar el siguiente proyecto de comunicación.
Por ello:
EL BLOQUE DE CONCEJALES DEL PARTIDO JUSTICIALISTA PRESENTA EL SIGUIENTE PROYECTO DE COMUNICACIâN Solicitar al Departamento Ejecutivo informe si los inmuebles donados en el período de Octubre a Diciembre del año 2011 se encontraban afectados como Espacios Verdes de Santa Rosa y, en su caso, si las partes intervinientes en las donaciones referidas han dado estricto cumplimiento a los requerimientos del Artículo 2.2.3 del Título II de la Ordenanza nº 3274/05 denominada “Código Urbanístico de la Ciudad de Santa Rosa”. Asimismo, únicamente para el caso de bienes afectados como Espacios Verdes, deberá identificar los inmuebles que recibiera en permuta la Municipalidad de Santa Rosa.

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