Horas compensatorias por salidas en horario de trabajo. Normas. DEROGADA POR LA ORDENANZA Nº 6273/2019

Horas compensatorias por salidas en horario de trabajo. Normas.

DEROGADA POR LA ORDENANZA Nº 6273/2019

Resolución Nº 162/1976 Dictada por el Intendente Municipal de Santa Rosa el 21 de Mayo de 1976.
ARTICULO 1º.- Fíjase, a partir del 1 de junio de 1976, los días miércoles de cada semana en el horario de 8 a 12 hs., para que el personal realice trabajos en carácter de horas compensatorias por salidas particulares en horas de oficina.
ARTICULO 2º.- El tiempo acumulado por cada agente durante el mes, deberá ser compensado dentro del mes siguiente sin excepciones, caso contrario se hará pasible de las sanciones que en cada caso corresponda.
ARTICULO 3º.- El jefe de cada sección deberá preparar con anterioridad el trabajo que en cada caso el empleado a su cargo debe cumplimentar.
ARTICULO 4º.- El Jefe de Personal o la persona que él designe, deberá efectuar un estricto control, para que se cumpla debidamente lo establecido en la presente Resolución.
ARTICULO 5º.- A partir del día en que se cambie el horario administrativo, el horario para horas compensatorias, será de 16 a 20 hs.
ARTICULO 6º.- Regístrese, comuníquese y pase a División Legajo Personal a fin de que notifique a todo el personal de esta Comuna. Cumplido: archívese.
Luis Cesar ARAMBURU
Intendente Municipal

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