Servicios fúnebres para indigentes. Normas.

Servicios fúnebres para indigentes. Normas.

Resolución N° 198/1974
Dictada por el Intendente Municipal de Santa Rosa
el 31 de Mayo de 1974.

ARTICULO 1º.- Establecer que a partir del 1° de junio del corriente año, los servicios fúnebres para indigentes que presta esta comuna, se realizarán en forma rotativa entre las tres empresas del ramo radicadas en esta Capital, de la siguiente manera:
Empresa “La Nueva”, los meses de Junio, Septiembre y Diciembre de 1974;
Empresa “Sagrado”, los meses de Julio y Octubre de 1974 y
Empresa ” Arballo”, los meses de Agosto y Noviembre de 1974

ARTICULO 2º.- Este ordenamiento rotativo se continuará prestando hasta tanto la Cooperativa Popular de Electricidad de Santa Rosa Ltda. licite y adjudique el servicio y comunique a esta Municipalidad el nombre de la Empresa adjudicataria.

ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, cúrsese nota de notificación remitiendo copia autenticada de la presente a la Cooperativa Popular de Electricidad de Santa Rosa Ltda., al Señor
Director del Hospital de Zona de esta Ciudad, al señor Administrador del Cementerio Municipal y a las tres empresas designadas y cumplida, archívese.

Roberto Oscar SANTAJULIANA Ramon TURNES
A/C Secretaria de Gobierno Intendente Municipal
Hacienda y Acción Social

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