Aranceles y otras normas para la utilización por terceros de maquinarias municipales. DEROGADA POR LA ORDENANZA Nº 6273/2019

Aranceles y otras normas para la utilización por terceros de maquinarias municipales.


DEROGADA POR LA ORDENANZA Nº 6273/2019

Resolución Nº 382/1976 Dictada por el Intendente Municipal de Santa Rosa el 5 de Octubre de 1976.
ARTICULO 1º.- A partir de la fecha fíjanse los siguientes aranceles para el alquiler de equipos:

  1. a) Motoniveladora Champion 6 cilindros 6.500$/h
  2. Motoniveladora ” 4 cilindros 5.000$/h
  3. Motoniveladora Rotania 5.000$/h
  4. a) Camiones volcadores: por viaje 1.000$
  5. Camiones regadores: por viaje 600$
  6. a) Pala cargadora frontal M y F 1.500$/h
  7. Pala cargadora frontal Payloader 3.000$/h ARTICULO 2º.- Los aranceles establecidos están sujetos a las variaciones de precios Correspondientes a mayores costos de combustibles, lubricantes, etc. y serán reajustados en la medida que se produzcan aquellos incrementos.

ARTICULO 3º.- Déjase claramente establecido que los aranceles fijados precedentemente, son por servicios complementos, es decir, máquina, conductores, combustibles y lubricantes.
ARTICULO 4º.- Los equipos se pondrán al servicio, a pedido de parte interesada, en un mínimo de una (1) hora, computándose las fracciones superiores como hora completa.
ARTICULO 5º.- Cuando se requieran los servicios en días no laborables, además del arancel establecido se deberá abarcar la retribución extra para el conductor, la que en cada caso fijará la Municipalidad.
ARTICULO 6º.- Sin perjuicio de esta fijación arancelaria, la Municipalidad se reserva el derecho de conceder o negar los pedidos cuando por razones de servicio así se aconseje.
ARTICULO 7º.- Regístrese, tome conocimiento Dirección de Obras Públicas, Dirección de Servicios Públicos, Obras Viales y Pavimento y Recaudación. Cumplido: archívese.
Hector Maria OYHAGARAY Luis Cesar ARAMBURU
Secretario de Obras y Intendente Municipal
Servicios Públicos

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