Centro Deportivo Municipal. Reglamento.
Centro Deportivo Municipal. Reglamento.
Resolución Nº 47/1973
Dictada por el Intendente Municipal de Santa Rosa
el 11 de julio de 1973.
ARTICULO 1º.- Apruébase el Reglamento adjunto para el Centro Deportivo Municipal que pasa a formar parte de la presente resolución.
ARTICULO 2º.- Regístrese, comuníquese, tome conocimiento el Departamento de Deportes y cumplido: archívese.
Isidoro WAGMISTER Ramon TURNES
Secretario de Gobierno Intendente Municipal
Hacienda y Acción Social
CENTRO DEPORTIVO MUNICIPAL
R E G L A M E N T A C I O N
- OBJETO Y FINALIDAD DEL CENTRO:
- 1. Contribuir a ocupar el ocio de la juventud, utilizando como medio las actividades deportivas, para llevar a cabo una amplia y concreta labor de formación integral.
- 2. Brindar a la juventud distracción y diversión, favoreciendo el gusto por la acción.
- 3. Alentar a niños y jóvenes a participar activamente en actividades físicas.
- 4. Ofrecer al deporte colegial y estudiantil y a Clubes, Asociaciones y Federaciones del deporte organizado-aficionadode la Provincia, un lugar de entrenamiento y/o competencia, que
permita un adecuado desarrollo de sus calendarios deportivos.
2 – DEPENDENCIA:
2.1. El Centro Deportivo Municipal dependerá directamente del Departamento de Deportes de la Municipalidad de la ciudad de Santa Rosa.
3 – USUARIOS:
Podrán hacer uso del Centro Deportivo Municipal las siguientes personas e Instituciones:
3.1. Población infantil y juvenil participantes en programas del Departamento de Deportes Municipal.
3.2. Instituciones de base que adhieren a los programas del Departamento de Deportes.
3.3. Delegaciones deportivas en ocasión de tener que cumplir compromisos de nivel provincial; regional; nacional o internacional.
3.4. Integrantes de la comunidad circundante.
4 – REQUISITOS PARA UTILIZAR LAS INSTALACIONE:
4.1. Las personas especificadas en los apartados anteriores deberán presentar al encargado del Centro la autorización correspondiente la que será otorgada por el Departamento de Deportes Municipal.
4.2. En todos los casos los alumnos y deportistas deben ser acompañados por un profesor o persona responsable del grupo.
4.3. Los Clubes, Asociaciones y Federaciones, como así también las Instituciones de base, deberán con quince (15) días de antelación, gestionar la reserva del Centro, a fin de poder expedir
la autorización correspondiente, la que no podrá interferir los planes orgánicos del Departamento de Deportes, haciéndose cargo además, del total de los gastos de funcionamiento del citado Centro
Deportivo.
5 – CONSERVACION DE LAS INSTALACIONES:
5.1. Toda persona que utilice el Centro Deportivo estará obligada a velar por la conservación, limpieza y cuidado de las instalaciones. La reposición o el valor de los daños que pudieran
ocasionarse por uso indebido o negligencia, correrá por parte del usuario o Institución responsable.
6 – ENCARGADO DEL CENTRO:
Dependerá del Departamento de Deportes y será el responsable directo de la misma en la ejecución de las siguientes tareas:
6.1. Del Servicio:
6.1.1. Es responsable de la recepción y mantenimiento de las instalaciones, muebles y otros bienes que le fueran provistos.
6.1.2. Llevará de puño y letra un cuaderno de novedades.
6.1.3. No permitirá el uso de las instalaciones a personas que no presenten la autorización firmada por autoridades del Departamento de Deportes Municipal.
6.1.4. No podrá ausentarse del Centro hasta que finalicen las actividades que se desarrollen normalmente.
6.2. Cuidado y conservación de las instalaciones:
6.2.1. Será su responsablidad toda tarea referida al normal funcionamiento del Centro y que contribuya a la confortabilidad que el mismo debe brindar a sus usuarios.
6.2.2. Elevará en cada oportunidad al Departamento de Deportes una planilla consignando las novedades y sus responsables.
6.3. Cargos y Documentación:
Llevará la siguiente documentación:
6.3.1. El presente reglamento para uso y funcionamiento de las instalaciones del Centro Deportivo.
6.3.2. Inventario.
6.3.3. Cuaderno de Novedades.
6.3.4. Cuaderno de Registro de Usuarios.
7 – HABILITACION:
7.1. Se mantendrá habilitado en forma permanente.
– Los textos incluidos en este sitio web tienen carácter exclusivamente informativo y su difusión no les otorga validez legal. Para obtener información oficial y con pleno valor jurídico, consulte las correspondientes publicaciones en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Santa Rosa. Los textos pueden contener errores u omisiones y se actualizan periódicamente. –