Reglamentando la Ordenanza Nº 221/1985. Registro de Desempleo.
Reglamentando la Ordenanza Nº 221/1985. Registro de Desempleo.
Resolución N° 728/86
Dictada por el Intendente Municipal de Santa Rosa
el 31 de Marzo de 1986.-
ARTICULO 1º.- La Dirección de Acción Social de la Municipalidad de Santa Rosa, dependiente de la Secretaria de Gobierno Hacienda y Acción Social, tendrá a su cargo las funciones y tareas mencionadas en el artículo 2° de la Ordenanza N° 221/85.-
ARTICULO 2º.- El Director de Acción Social afectará al personal de su dependencia que fuere necesario para el adecuado cumplimiento de los fines previstos por dicha Ordenanza.-
ARTICULO 3º.- El Registro funcionará bajo la denominación de Registro Permanente de Desempleo y Servicio de Empleo, y constará de las siguientes secciones:
- Un fichero de postulantes desempleados. Destacando las aptitudes del inscripto, para su posterior capacitación.
- Un fichero de solicitudes de personal, que deba eventualmente desarrollar tareas con o sin relación de dependencia.-
- Un legajo relativo a información solicitada y evacuada sobre radicaciones industriales actuales o futuras, a efectivizarse dentro del éjido de la Ciudad de Santa Rosa.-
- Un legajo de notas, cartas y comunicaciones emanadas del Registro.-
- Un legajo de notas, cartas y comunicaciones recibidas por el Registro.-
ARTICULO 4º.- En cada ficha de postulante al empleo se colocarán sus datos personales, nombre y apellido y domicilio de anteriores empleadores con indicación de las fechas de altas y bajas en cada caso, como así también otro dato que se considere de interés para eventuales interesados en su contratación.-
ARTICULO 5º.- La recepción y emisión de información de datos que deban consignarse en el Registro, podrá formalizarse por vía telefónica escrita o personal. La Dirección de Acción Social deberá tomar los recursos necesarios para asegurar estas modalidades de trabajo.-
ARTICULO 6º.- A los efectos de mejorar las prestaciones emergentes del Registro, la Dirección de Acción Social podrá:
- Dar a publicidad las solicitudes de empleos y de personal por los medios que estime conveniente.
- LLevar archivo de convenios laborales de legislación de trabajo, de escalas salariales y cualquier otra fuente de información que eventualmente pueda ser de utilidad para los usuarios del Registro.
- Estudiar el mercado laboral de la Ciudad de Santa Rosa, elaborar estadísticas, fijar prioridades y en general aconsejar a las empresas comercios, patrones y dependientes sobre la materia de su competencia en coordinación con la Dirección Trabajo.
- Confeccionar censo permanentes de empleadores y trabajadores, sectorizados por actividad, edad, condiciones, requerimientos laborales o cualquier otro criterio que resultare aconsejable.
- Trabajar y desarrollar actividades en coordinación con la Dirección de Trabajo y la Subsecretaría de Trabajo de la Provincia de la Pampa gremios provinciales y entidades empresariales respecto del fomento de las fuentes de trabajo existentes y futuras y su posible
ampliación y mejoramiento.
f) Prevenir los causantes de abandono de empleos y Sub-empleos en coordinación con el área social de esta Dirección de Acción Social y la Dirección de Trabajo.
g) Elaborar planos de capacitación laboral en coordinación con otros organismos.
ARTICULO 7º.- Todas las actividades del Registro se desarrollarán en forma gratuita, sin cargo alguno para quienes aporten o soliciten información del mismo.
ARTICULO 8º.- A los efectos de las tareas encomendadas por la Ordenanza N° 221/85 y la presente Resolución a la Dirección de Acción Social, este organismo podrá dirigirse directamente a las entidades, oficinas, empresas, órganos oficiales o , privados recabando o emitiendo las informaciones o solicitudes que fueren menester.
ARTICULO 9º.- Regístrese, publíquese, pase a la Dirección de Acción Social a efectos de implementar las tareas y funciones respectivas. Cumplido: ARCHIVESE.
Felix Daniel MARIANI Eduardo Feliz MOLTENI
Secretario de Gobierno, Intendente Municipal
Hacienda y Acción Social
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