Solicitar al Sr. Intendente Municipal, se abstenga de realizar la apelación en cualquier instancia judicial, en virtud de un nuevo rechazo por parte de la Cámara Civil, y convoque a las ONG y la Empresa

SANTA ROSA (L.P), 29 DE MAYO DE 2015.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA Aprueba la siguiente Comunicación Nº 7/2015 Solicitar al Sr. Intendente Municipal, se abstenga de realizar la apelación en cualquier instancia judicial, en virtud de un nuevo rechazo por parte de la Cámara Civil, y convoque a las ONG y la Empresa para que analicen las medidas necesarias que den cumplimiento al fallo del Juez Claudio Soto, implementando las medidas pertinentes que garanticen la accesibilidad, en los términos del Art. 15º de la Ley 2226, para personas con discapacidad o movilidad reducida en las unidades con que se brinda la prestación del servicio de transporte urbano de pasajeros en la ciudad de Santa Rosa, las que deben cumplir con las especificaciones técnicas dispuestas por el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 914/97 reglamentario del Artículo 22º de la Ley 22.431.
Caso contrario, se haga cargo personalmente de las costas impuestas y no afecte el erario público, patrimonio de todas y todos los servicios.
Expte. Nº 306-7/1992 (HCD).-
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL QUINCE.-

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